| 25 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Margarita Robles conversa con una militar.
Margarita Robles conversa con una militar.

Una treintena de militares demanda a Defensa ante la Justicia europea

Los soldados piden que se reconozca el "desagravio eonómico" del personal temporal de tropa y marinería en España y se les indemnice por el "abuso" en la "concatenación de contratos".

| María Jamardo Tribunales

 

Más de una treintena de militares de tropa y marinería ha demandado al Ministerio de Defensa ante la Justicia Europea. Los soldados profesionales elevan así a Estrasburgo una reivindicación que, hasta la fecha, ha sido "desoída" por los tribunales españoles: la concatenación de contratos temporales con el que el Departamento responsable de las Fuerzas Armadas "discrimina al personal laboral" frente a sus compañeros "de la misma categoría" con plaza fija en la administración.

El Ministerio de Defensa se enfrenta, así, a una nueva ofensiva en los tribunales para anular la práctica que, en la actualidad, les obliga a 'jubilarse' a los 45 años, según lo previsto en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Los demandantes esperan que el litigio sea admitido "en el plazo de un mes".

En el ordenamiento español actual "no hay legislación vigente que evite estos abusos" históricos de Defensa con los profesionales contratados de manera temporal que "a partir de los 3 años consecutivos de prestación de servicio deberían pasar a ser considerados personal fijo", explica el abogado Antonio Martínez Canevas, letrado de los militares, a ESdiario.

Además, según Cánovas, la cartera que dirige Margarita Robles "ha estado incumpliendo la normativa que, desde 2006, compromete que todos los soldados apartados del servicio activo con 45 años, abandonarían el Ejército con un título oficial equivalente a su capacitación y funciones y lo harían, además, con un plan de reinserción laboral".

No en vano, varias asociaciones de militares, algunas de ellas con respresentación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, han venido planteando tanto reclamaciones por vía administrativa ante el Ministerio de Defensa como acciones judiciales para denunciar que los despidos del personal eventual de la Fuerzas Armadas a los 45 años son "discriminatorios" frente a otros empleados públicos sin límitación de edad en el ejercicio profesional.

El último paso ha sido registrar una demanda formal ante la Corte Europea de Derechos Humanos en busca de "un resarcimiento al desagravio" sufrido por los soldados profesionales que pasaría, según el abogado de los afectados, por la "reinserción" en los cuerpos militares correspondientes o por la "indemnización" a los efectivos perjudicados por esta polìtica de Defensa española, en los últimos años.

Vulneración del Acuerdo Marco

Después del proceso de profesionalización de las Fuerzas Armadas Españolas (FAS), la Escala de Tropa y Marinería ha venido regulada "por dos leyes distintas según cuentan sus respectivos componentes" o bien "con un contrato temporal".

Ello "conduce a palmarias discriminaciones" entre los diferentes miembros de las FAS que pertenecen "a la misma escala derivadas de la tipología de su contratación, por ejemplo en el sueldo que se percibe, más elevado en el caso de los permanentes, sin que exista una causa objetiva y racional para tal situación, al desarrollar idénticas funciones y responsabilidades", reza el escrito registrado ante la Corte Europea.

Una situación que, a juicio de los demandantes, "resulta contraria al Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada" -de fecha 18 de marzo de 1999- que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE, "donde se establecen los principios generales y las condiciones mínimas" para los contratos temporales, "siendo su finalidad evitar la discriminación entre trabajadores y tratar de impedir que se abuse de la contratación temporal".

Queja contra el Constitucional

Además, la treintena de militares que ha firmado la demanda presentada ante la Corte Europea de Derechos Humanos ha solicitado al tribunal comunitario que se pronuncie sobre el rechazo del Constitucional español a entrar en el asunto y sentar doctrina sobre una materia en la que no existe legislación interna.

Tal es así que el pasado mes de junio de 2020 el Tribunal de Garantías respaldó la actuación del Ministerio de Defensa y concluyó que no hubo vulneración de derechos fundamentales en la decisión del Tribunal Supremo de rechazar el recurso presentado, en casación, por estos mismos miembros de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas, contra los despidos de Defensa a los soldados profesionales mayores de 45 años.

En aquella ocasión, la Sección Tercera de la Sala Segunda del Constitucional no dio amparo a la causa, avalando así las decisiones del Alto Tribunal que, a través de sendas providencias, denegó la admisión del escrito presentado por Martínez Canevas como trámite previo a que el Supremo juzgase el fondo del asunto.

Los magistrados Roca Trías, Xiol Riós y González-Trevijano Sánchez descartaron la necesidad de estudiar la causa dada "la manifiesta inexistencia de la violación de un derecho fundamental", tal y como planteaban los soldados. Y ello pese a que, un año antes, el Constitucional se pronunció -por primera vez en nuestro país- a favor de revisar al Supremo en materia de derechos fundamentales de los militares.