| 28 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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Tres vocales del CGPJ arremeten contra la Ley de Memoria Histórica del Gobierno

Varios miembros del órgano constitucional han ampliado el informe alcanzado por el Pleno y advierten que la norma de Sánchez no atiende a normas con rango de Tratado Internacional

| María Jamardo Tribunales

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha criticado, este lunes, con dureza el anteproyecto de ley que el Gobierno prepara bajo el título de Ley de Memoria Democrática en un informe alcanzado por el Pleno del máximo órgano de los jueces. Sin embargo, tres de sus miembros han dado un paso más y han expuesto en un voto particular al citado texto institucional, los riegos de que España apruebe y aplique una norma que "adolece, de una parte, de una visión de falta de conjunto del anteproyecto de ley y, de otra, que no entra a valorar los incumplimientos que conlleva de los Acuerdos con la Santa Sede, que tienen rango de tratado internacional en nuestro ordenamiento jurídico".

Así lo han expuesto los vocales Juan Manuel Fernández Martínez, Juan Martínez Moya y Nuria Díaz Abad en un escrito que amplía el alcance del acuerdo general adoptado hoy por el Pleno del Consejo que, a su juicio se "limita a llamar la atención sobre la ausencia en el preámbulo de una explicación de la razón de elegir esa fecha y no otra, como límite temporal del periodo histórico respecto del que se desarrolla las políticas de memoria democrática. Consideramos que es conveniente reparar en este aspecto".

La normalidad democrática "afortunadamente instaurada en nuestra Nación, hace que la Convención e informes internacionales citados en la norma proyectada" por el Ejecutivo de Sánchez "como determinantes de su necesidad" no sean suficientes para justificar la necesidad "que se le quiere otorgar" a la norma.

"No es descartable, sino probable, que se quiera prescindir de la Comunidad benedictina, en el Valle de los Caídos, algo imposible sin atentar contra los acuerdos" con el Vaticano

No en vano "cuando los Tratados Internacionales sobre la materia fijaran la imprescriptibilidad de los delitos contra la humanidad, esa exigencia que ha sido llevada a nuestro ordenamiento jurídico interno, tiene una aplicación de futuro y no es procedente otorgarle una interpretación retroactiva" tal y como lo impide "la seguridad jurídica" proclamadas en nuestra Constitución y en nuestro Código Penal.

"No se puede declarar que un cementerio en el interior de una basílica, creada con todos los requisitos canónicos, se transforme en cementerio civil. Además, una basílica no puede dejar de serlo sin cumplir los requisitos canónicos, y menos aún por declaración legal y unilateral, pues ello sí constituiría una vulneración de la inviolabilidad de un lugar de culto", han advertido sobre la intención del Gobierno de resignificar el Valle de los Caídos. 

 

Si bien Sánchez en su anteproyecto de ley prevé un Real Decreto para establecer el nuevo marco jurídico aplicable al Valle de los Caídos "que determine la organización, funcionamiento y régimen patrimonial" del mismo, una vez derogado el marco actual, los vocales aseguran que "no es descartable, sino probable, que se quiera prescindir de la Comunidad benedictina, cuando su presencia en la basílica está anclada en el acta de erección pontificia de la Abadía, como se ha explicado, y no puede modificarse sin con ello vulnerar el Acuerdo con la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, que declara la inviolabilidad de los lugares de culto".

Desapariciones forzosas

Para los tres vocales firmantes del acuerdo "las desapariciones forzosas no son un problema en España y no lo son desde hace muchos años, con la penosa excepción de los secuestros llevados a cabo por las bandas terroristas, especialmente los perpetrados por ETA".

De este modo, "los exigibles deberes de Memoria no pueden soslayar la mención a quienes se han afanado en destruir nuestra convivencia democrática a lo largo de estos años y a quienes los apoyaron y enaltecieron", han afeado Fernández, Martínez y Díaz Abad al Gobierno. .

"El anteproyecto de ley viene a caer en lo mismo que critica, que es la declaración de nulidad de las condenas y sanciones de determinados tribunales, de forma genérica y global, del mismo modo que, como recuerda el informe, se hizo durante la dictadura respecto de condenas y sanciones de tribunales de la república (apartado 78 del informe), cuando la Transición española supuso precisamente superar esta dialéctica", han recordado para reforzar la "consolidación democrática" operada en España en los últimos cuarenta y cinco años y que se apoya en "el pluralismo político" como uno de los valores superiores del ordenamiento español", de acuerdo con la Constitución.

Los 'juicios de la verdad'

Los tres vocales que suscriben el voto particular han recordado al Gobierno que el propio Tribunal Supremo ha señalado, claramente, en una de sus sentencias sobre la materia que quedan fuera de nuestro Derecho "los denominados juicios de la verdad, esto es, aquellos que pretenden una indagación judicial sobre unos hechos, con apariencia de delictivos, respecto a los que se sabe que no es posible que el proceso concluya con la declaración de culpabilidad de una persona, al concurrir una causa de extinción de la responsabilidad penal, muerte, prescripción o amnistía".

"Por lo tanto", han señalado, "en estos casos, los denominados juicios de la verdad pretenden una reconstrucción parcial de unos hechos, sin intervención del imputado. El sistema español diseñado en la Ley procesal penal se articula en torno a un proceso depurador de responsabilidades penales con un objeto preciso: la reconstrucción de un hecho que reviste características de delito y la averiguación de su autor, a fin de imponer las consecuencias jurídicas previstas en el Código penal, dentro del marco de garantías propias del sistema penal en un Estado democrático".

De tal manera que "no tiene cabida en la forma en que pretende en el anteproyecto legislativo la pretensión de las víctimas de conocer la verdad" porque "como indicó el Tribunal Supremo" en la sentencia anteriormente citada, "el proceso penal tiene una misión específica: hacer recaer un reproche social y jurídico sobre quien resulte responsable de un delito. El derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal y solo tangencialmente puede ser satisfecho".

Miles de reclamaciones millonarias

Por último los vocales afirman que "de acuerdo con el anteproyecto de ley" previsto por el Gobierno, "una vez disuelta por ley la Fundación del Valle", las donaciones de "aquellas joyas" utilizadas para financiar la construcción del conjunto arquitectónico "al haber perdido su finalidad" -puesto que se trataba de donaciones modales: reponer el oro robado del Banco de España- permitiríanal donante o a sus herederos "solicitar la reversión de la donación".

Un escenario que "podría ocasionar una masiva petición de miles y miles de personas, que, si su donación no pudiera ser identificada, tendría derecho a una indemnización. Y que originaría multitud de reclamaciones ante los Tribunales", han concluido.