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El conseller de Educación Marzà y el director de Polítca Lingüística Miguel Trenzano.
El conseller de Educación Marzà y el director de Polítca Lingüística Miguel Trenzano.

El TSJ da la razón a la Asociación de Defensa del Castellano

La justicia acepta parte del recurso de la Asocición que mantiene que la Oficina de Derechos Lingüísticos solo defiende los derechos de los valenciano parlantes.

| Redacción Valencia Edición Valencia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha declarado nulos diversos artículos del decreto del Consell de noviembre de 2017 por el que se regula la creación y el funcionamiento de la Oficina de Derechos Lingüísticos. 

Los magistrados estiman parcialmente un recurso contra el citado decreto, interpuesto por la Asociación para la defensa del Castellano en la Comunidad Valenciana, que argumentaba, entre otras cuestiones, que la oficina nacía con la pretensión de defender "solo los derechos de los valencianos parlantes a expresarse en valenciano y no los derechos de los castellanos parlantes a expresarse en castellano, quedando estos desamparados".

 

La sentencia considera que el articulado ahora anulado acomete una regulación de una actividad administrativa previa y distinta a la mera función de asesoramiento.

Igualmente, la sala establece que genera "verdaderos actos administrativos" con efectos jurídicos frente a terceros y lo hace "al margen de cualquier procedimiento y consiguientes garantías para sus destinatarios, de cualquier medio de impugnación y excluyendo, por ello, cualquier tipo de responsabilidad por su actuación".

"Lo que entendemos quiebra el mandato constitucional de sometimiento de los poderes públicos a los principios de seguridad jurídica, responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad", apunta la resolución judicial.

 

El fallo es un nuevo varapalo a la política lingüística del Gobierno valenciano que gestiona Compromís. Se da la circunstancia de que el responsable de dicha política Miguel Trenzano se encuentra procesado por las ayudas públicas supuestamente irregulares a un hermano del presidente Ximo Puig.

Discriminación lingüística

Ahora, la sentencia, facilitada por el alto tribunal, estima parcialmente el recurso y, en concreto, declara nulos de pleno derechos los siguientes preceptos: artículo 4 apartado 1º, así como el apartado 2º en el inciso relativo a las reclamaciones y sugerencias. También los artículos 5, 6.1 y 2, 7, 8 y 9 en el inciso relativo a las reclamaciones y sugerencias; 10, 11, 12, 13 Y 14 y 16 en el inciso relativo a las reclamaciones y sugerencias.

La Sala, en cambio, sí entiende conforme a derecho el resto del articulado del decreto y sus disposiciones, tras establecer que la creación de la Oficina de Derechos Lingüísticos "se encuentra en el ámbito de la potestad de organización de la administración". La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

El Gobierno Valenciano aprobó en el pleno del Consell de 24 de noviembre de 2017 la creación y regulación de la Oficina de Derechos Lingüísticos. con notables críticas de la oposición.

Según se afirma en la web de la Conselleria de Educación, esta herramienta se dedica a "velar por el cumplimiento y la aplicación de la normativa legal sobre el uso de las lenguas oficiales en la Comunidad Valenciana; asesora a las instituciones y particulares en el ejercicio de los derechos lingüísticos reconocidos por el ordenamiento jurídico y canaliza las reclamaciones, sugerencias y consultas por discriminación lingüística que formule la ciudadanía".