| 02 de Mayo de 2024 Director Benjamín López

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El ex presidente Francisco Camps, acompañado por sus abogados.
El ex presidente Francisco Camps, acompañado por sus abogados.

¿Por qué se retrasa tanto la última sentencia que aguarda Camps?

Se han cumplido 112 días desde que el juicio, sincopado por numerosas interrupciones y acentuado por sobreactuaciones innecesarias, quedó listo para sentencia.

| Fernando García Bonet Edición Valencia

Se ha cumplido un año desde el inicio de una de esas “macrocausas” que cursan en lo mediático en ausencia de cosas más importantes. O para taparlas.

El 14 de enero del 2023 se iniciaba -y se suspendía a la vez- el juicio que la Sala Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, con un tribunal presidido por el magistrado  José A. Mora Alarcón, con el magistrado Fernando Andreu Merelles y la magistrada María Dolores Hernández Rueda seguiría durante nueve largos meses contra una treintena de encausados, acusados o procesados, entre los que se cuentan empresarios y ejecutivos o personal de mercantiles, funcionarios, cargos de confianza política, algunos ex consejeros de la Generalitat Valenciana en tiempos del PP, y el acusado emblemático, el ex presidente Francisco Camps.

La Fiscalía Anticorrupción, representada por las fiscales Concepción Nicolás y María Pilar Santamaría solicitaba inicialmente una pena de prisión de dos años y medio para Camps, por delitos de prevaricación y fraude contra la administración pública, mientras la Acusación Particular que ejerce el PSOE, representada por la letrada Gloria de Pascual  añadía delitos de tráfico de influencias y malversación, elevando la pena a nueve años, más 16 de inhabilitación especial y 15 absoluta. La defensa la ha ejercido el letrado valencianos Pablo Delgado, que ya ha cosechado éxitos anteriores contiendas jurídicas contra su patrocinado.

Se han cumplido 112 días desde que el juicio quedó listo para sentencia. Y en estas fechas que se barrunta que Sánchez va a reducir lo que él mismo alargó -él sabrá porqué-, los tiempos procesales, nada vale decir sobre la pereza sentenciadora. Se equivocó este cronista cuando apostó por un tiempo corto, queda por saber si el órdago a la grande, la absolución de buena parte de los dolientes -esperanza que mantengo- se produce más pronto que tarde.

En un proceso no exento de sobresaltos, sincopado por numerosas interrupciones, acentuado por sobreactuaciones innecesarias, voceado por algunos medios (aunque con menos ímpetu de lo habitual), el final -que pareciera eterno- vino sin embargo a precipitarse tras tediosas testificales y aforos muy reducidos. Sin embargo las conclusiones de la Fiscalía y de la Generalitat Valenciana, no así la del PSOE, resultaron sorprendentes. No tanto por su contenido -que a juicio de las defensas ha dejado margen para su argumentación contraria- sino por lo que tuvo de giro con respecto a la agresividad jurídica mostrada durante el proceso.

Por comprensible que resulte la autodefensa de un inculpado, desde la autoinculpación, la conformación parcial, hasta la mentira si es preciso, sus límites morales están en la inculpación gratuita de un tercero (o no tan gratuita). Hasta la inicialmente aparente complicidad de la Fiscalía -que hacía pregunta expresa en tal sentido a los conformados- pudiera aparentar desvanecerse. Y lo más importante, queda por conocer qué parte del relato -un auténtico relato- coral de unos y otros ha podido convencer al Tribunal.

Han quedado atrás interrogatorios desenfadados por lo creativo de las respuestas de testigos carentes de certezas y repletos de suposiciones. Incluso místicos en la exposición y con un punto de dramatismo. En el olvido las fotografías o los vídeos de acontecimientos sociales reiteradamente exhibidos a testigos de las acusaciones. En la papelera los desplantes a Camps, el juego de asientos, la sobreactuación de algunos.

Y han quedado afirmaciones fehacientes, argumentadas y documentadas hasta un extremo que en ocasiones pareciera invertir la carga de la prueba. Y frente a la debilidad de la acusación de culpabilidad se encuentra la firmeza de la defensa en la libre absolución. En esto creen los defensores de buen número de los encausados. Y en ello está la cuestión nuclear, la que justifica la defensa a ultranza de la independencia del poder judicial.

Y cuando “déjennos en paz” se ha hecho viral como digna reivindicación del poder judicial, es razonable que sus titulares lo aprovechen para agilizar procesos y sentencias. Y no alargar innecesariamente inquietudes y sufrimientos. Expectantes.