| 04 de Mayo de 2024 Director Benjamín López

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Paqui Viciano, exalcaldesa de Dènia, ha sido declarada no culpable de prevaricación
Paqui Viciano, exalcaldesa de Dènia, ha sido declarada no culpable de prevaricación

Absuelta de prevaricación la exalcaldesa socialista de Dénia

En 2006 el Consejo de Gerencia Municipal de Urbanismo dictó un edicto por el que dejó sin efecto el acuerdo anterior y decretó legalizar las obras recogidas en el expediente de infracción

| A. Maestre Edición Alicante

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto de un delito de prevaricación a la exalcaldesa socialista de Dénia, Paqui Viciano. La investigación se inició tras negarse la primera edil a demoler una construcción ilegal que se estaba levantando en el municipio nada más tomar posesión de su cargo en la alcaldía en 2003. 

La sentencia tiene fecha del 12 de noviembre, aunque no ha sido hasta hoy jueves, día 18, cuando el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana –TSJCV- la ha dado a conocer. 

Así se desprende de la resolución, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que se recuerda que los hechos se originan en 1996 con la construcción de una obra en una parcela ubicada en Denia. Los propietarios de una finca colindante interpusieron entonces una reclamación al estimar que se estaba vulnerando la legalidad urbanística.

 

El Ayuntamiento inició entonces un expediente administrativo y acordó la suspensión inmediata de las obras. Al año siguiente se permitieron aquellas obras necesarias para adecuar la construcción del proyecto aprobado, aunque continuaba la paralización del resto de obras.

Como se empezaron a hacer obras no autorizadas, se reiteró la orden de suspensión. En 1999 se acordó en la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Dénia la demolición de las obras en aquello que no se ajustaba a la licencia municipal concedida.

En 2006 se dictó otro acuerdo del Consejo de Gerencia Municipal de Urbanismo de Dénia por el que se dejó sin efecto el acuerdo anterior y acordó legalizar las obras recogidas en el expediente de infracción urbanística. Los propietarios colindantes recurrieron pero el juzgado no les dio la razón. La Audiencia, tras estudiar el caso, no ve delito de prevaricación.