| 15 de Mayo de 2024 Director Benjamín López

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Hombre enseña el móvil a sus amigas en una imagen de archivo
Hombre enseña el móvil a sus amigas en una imagen de archivo

Condenado por 'listo': enseñaba a sus amigas sus vídeos sexuales con otra mujer

El hombre ha sido sentenciado con diez meses de prisión y deberá indemnizar a la víctima con 700 euros por daños y perjuicios

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la sentencia de diez meses de prisión impuesta por un Juzgado de lo Penal a un individuo por un delito contra la intimidada. El hombre fue condenado por haber compartido un vídeo íntimo de sus relaciones sexuales con otra mujer ante dos de sus amigas.

El Tribunal provincial ha rechazado el recurso de apelación presentado por el acusado contra la sentencia de primera instancia, que también lo obligaba a indemnizar a la víctima con 700 euros por los daños causados.

Los hechos tuvieron lugar el 13 de noviembre de 2020, cuando el acusado y una mujer mantuvieron relaciones sexuales consensuadas, las cuales él grabó con el consentimiento de ella en su domicilio en San Vicente del Raspeig.

Días después, sin el consentimiento de la víctima, el hombre compartió el vídeo con una amiga suya con la que estaba de fiesta. Esta amiga incluso reprodujo parcialmente el vídeo y le reconoció verbalmente a la víctima lo sucedido. Posteriormente, el acusado compartió la misma grabación con otra amiga.

La Audiencia ha emitido una sentencia de apelación que ratifica la decisión previa del juzgado de lo Penal de Alicante. El tribunal sostiene que la sentencia original realizó una valoración "lógica y racional" de las pruebas presentadas en el juicio, incluyendo las declaraciones de los testigos.

La resolución judicial destaca que aunque el acusado no llevó a cabo una "distribución pública" de las imágenes íntimas, compartió las mismas con terceras personas sin el consentimiento de la denunciante, lo que resultó en un grave menoscabo de su intimidado personal. Por lo tanto, los hechos constituyen un delito según el artículo 197.7 del Código Penal.