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Puerto Valencia vence en los Tribunales a la empresa china aliada de Compromís

El TSJCV avala el concurso público para la licitación de la ampliación portuaria y recrimina a la naviera Cosco su “inquisición general” sobre la conveniencia del concurso

| Jonathan Martínez Edición Valencia

La ampliación de la Terminal Norte ha abierto dos frentes en la Autoridad Portuaria de Valencia: el mediático ante los conflictos partidistas y el judicial contra los intereses empresariales.  El primero a cuenta de los principios programáticos de Compromís que exige la paralización de unas obras que ya se ejecutaron en su mayoría entre 2008 y 2012 (fase I) con una inversión de 200 millones de euros y la elaboración de una nueva Declaración de Impacto Ambiental (DIA), mientras que el segundo está vinculado principalmente con el recurso interpuesto por la naviera china Cosco que intentaba anular la licitación de la concesión para su ampliación. 

Un escollo judicial ya solventado después de que el Tribunal Superior de Justicia(TSJ) de la Comunitat Valenciana haya avalado el Pliego de las bases del concurso público para la construcción y explotación, en régimen de concesión administrativa, de la nueva terminal marítima de contenedores, a la que finalmente sólo se presentó la multinacional italosuiza MSC. La licitación fue recurrida por la mercantil CSP Iberian Valencia Terminal, una sociedad participada por la naviera china Cosco, al entender que si bien la Autoridad Portuaria de Valencia procedió a contestar sus consultas relativas a los Pliegos, desde un punto de vista sustancial “no lo hace al ser respuestas evasivas o bien porque directamente no responde a la consulta”. 

Esta compañía de Hong Kong cotizada en bolsa Cosco Shipping Ports Limited resulta ser una aliada estratégica de Compromís en la causa común contra el Puerto de Valencia. De hecho, el presidente del Comité de empresa de Cosco, Julián Pérez, se ha reunido en múltiples ocasiones con el alcalde de la ciudad, Joan Ribó, a fin de trasladar a la opinión pública la idea de que la ampliación portuaria supondrá una pérdida de puestos de trabajo, pese a que existe un estudio de la Universitat Politècnica de Valencia (UPV) que avala la creación de hasta 5.000 nuevos empleos cuando la terminal norte alcance pleno rendimiento. Estos encuentros, eso sí, los han hecho pasar como si representase a toda la plantilla del Puerto, cuando, en realidad, sólo lo hacen a sus 250 trabajadores.

Entre los motivos de impugnación destacan 12 preguntas que habrían sido motivo de vulneración de los principios rectores de licitación  en cuanto a concurrencia, no discriminación e igualdad de acceso. Un recurso sobre el que se ha opuesto la Abogacía del Estado en representación de la Autoridad Portuaria de Valencia acusando a la mercantil de plantear en sus cuestiones una “inquisición general” sobre la conveniencia del concurso, sobre cuestiones ajenas al mismo mostrando la disconformidad de la recurrente con la licitación. Además, alega que el informe de aprobación del Pliego justifica la necesidad de llevar a cabo la ampliación tomando como referencia el mayor interés portuario, la necesidad de concentrar los tráficos en una misma ubicación por razones de eficiencia y el interés de atraer nuevo tráfico al Puerto y aumentar el tráfico de contenedores.

En la sentencia a la que ha tenido acceso ESdiario, el Alto Tribunal desmonta a lo largo de 38 páginas las objeciones expuestas por la naviera Cosco, al considerar que “no considera infringido el principio de igualdad de trato entre los licitadores y transparencia”. “Los licitadores acuden en igualdad de condiciones sin que pueda considerarse que ningún licitador esté en peor condición que el resto por la configuración de los criterios contenidos en el pliego de bases”, señala la resolución.

La sentencia recuerda que el primer objetivo de la ampliación es “consolidar la posición del puerto de Valencia de hub mixto de tráficos interoceánicos en el Mediterráneo y aumentar el tráfico de mercancías en contenedores para así asegurar un crecimiento de este en términos absolutos y de la cuota de mercado”.

La mercantil CSP ponía una serie de objeciones técnicas a los pliegos pero el TSJ considera que entran dentro de “la libertad de la APV de modular el criterio para lograr una mayor eficiencia de la terminal” y que eso “no supone vulneración alguna de los principios denunciados”.

También consideraba que la Autoridad Portuaria "alteraba la Declaración de Impacto Ambiental al incrementar en su propuesta la anchura de la terminal que pasaría de 500-525 m3 a 650-700 m3, e incrementar la capacidad de los buques máximos de diseño que pasan de 11.000 TEU a 24.000TEU".

Sobre este asunto, los magistrados resaltan "la falta de legitimación de la recurrente para efectuar la impugnación" y afirman que "no existe acción pública para cualquier particular en materia medioambiental y que se encuentra limitada a asociaciones dedicadas a la defensa del medioambiente". Añaden que "la alteración y/o caducidad de la DIA es una cuestión ajena al pliego e incumbe a una autoridad distinta a la APV, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico”.

Finalmente, condena en costas a los recurrentes y las fija en 4.000 euros. Contra la sentencia cabe recurso pero supone la primera victoria judicial de la ampliación del puerto de Valencia. Cosco ahora trabaja entre las plataformas de contenedores y MSC otra. Si bien Cosco ha recurrido el pliego, al final no se presentó al certamen, lo que deja vía libre a MSC. Eso, si el Puerto sobrepasa la disputa en el seno del Ejecutivo autonómico.