| 23 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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En el centro de la imagen el expresidente andaluz José Antonio Griñán y el exviceconsejero de Empleo, Agustín Barberá, condenados por el caso ERE.
En el centro de la imagen el expresidente andaluz José Antonio Griñán y el exviceconsejero de Empleo, Agustín Barberá, condenados por el caso ERE.

La orden de ingreso en prisión cae sobre Barberá y abre la puerta a Griñán

El expresidente condenado por los ERE podría seguir los pasos del exviceconsejero, al que la Audiencia da 10 días de plazo para que entre en la cárcel a pesar de su grave enfermedad.

| Manuela Herreros Andalucía

De los ocho altos cargos socislitas condenados por el caso de corrupción de los ERE de Andalucía, seis ya están en prisión desde enero y los dos que aún gozan de libertad: el expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, y el exvicejonsejero de Empleo, Agustín Barberá, se aproximan a cumplir sus respectivas condenas.

En el caso de Barberá su entrada ya tiene fecha, será dentro de diez días, que es el plazo que le ha comunicado la Audiencia de Sevilla para que ingrese de forma voluntaria. El tribunal ha denegado finalmente la petición del exviceconsejero, condenado a siete años de cárcel por el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, de suspender su pena de cárcel ante la enfermedad muy grave con padecimientos incurables alegada por el mismo.

 

La Audiencia admite que es "cierto que padece una enfermedad grave incurable", pero el tratamiento descrito "puede ser dispensado" en el centro penitenciario "con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido".

La presión se incrementa sobre Griñán

Tras conocer el auto judicial de este mismo jueves, las miradas se centran en el único condenado que quedaría aún sin cumplir la sentencia: Griñán, sobre el que pesan seis años de cárcel por malversación y que puso impedimentos para entrar entre rejas por padecer un cáncer de próstata para el que necesitaba tratamiento con sesiones de radioterapia, lo que fue aceptado, tras el informe forense del exámen médico al que se sometió.

Pero ahora el expresidente del PSOE recibe de nuevo la presión de la Audiencia, que ha solicitado recientemente "todos los informes médicos de los que disponga para a un nuevo reconocimiento por parte del Instituto de Medicina Legal (IML)", ha dado cuenta de la documentación remitida y queda "a la espera de que la defensa del penado comunique que ha concluido las sesiones de radioterapia".

 

Se le acaba el tiempo a Griñán después de que se estudie por segunda vez su estado de salud y del informe de Instituciones Penitenciarias sobre los recursos para que reciba tratamiento en la cárcel de Sevilla ya emitido. Pero sobretodo tras escuchar los razonamientos que expone el tribunal sobre el caso similar de su compañero Barberá.

Así será el tratamiento en prisión

La Audiencia de Sevilla considera que "es necesario distinguir entre aquellas personas gravemente enfermas cuya permanencia en un centro penitenciario pueda suponer un riesgo cierto para su vida y su integridad física, y aquellas otras personas gravemente enfermas que, no obstante permanecer ingresados, pese a lo incurable de su enfermedad, tienen una expectativa de vida que no tiene por qué ser reducida".

En este sentido, el tribunal indica que, a la vista del informe forense del exviceconsejero Barberá, aunque "el penado padece una enfermedad que requiere tratamiento por tiempo indefinido con fármaco oral, que se dispensa en farmacia hospitalaria, y que precisa de revisiones trimestrales y semestrales (...)", su eventual ingreso en prisión "no debería tener incidencia en la administración del tratamiento, al tratarse de un fármaco oral que se ingiere una vez al día".

Los magistrados que han destacado la gravedad del caso de los ERE y la necesidad de que se  cumplan las condenas, añaden que el condenado "no padece por tanto una grave enfermedad, cuya permanencia en prisión suponga un riesgo para su vida", ya que aunque "es cierto que padece una enfermedad grave incurable", el tratamiento descrito "puede ser dispensado" en el centro penitenciario "con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido", al igual que ocurre con otros presos en situaciones similares.