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Nuevas deducciones para 2026 si vives en un municipio despoblado de Andalucía

La Junta de Andalucía pone en vigor a partir del 1 de enero nuevas deducciones fiscales para fomentar la natalidad y bajada de impuestos en vivienda para fijar la población al territorio.

Aldea de Monte Puerto, en Huelva.

Aldea de Monte Puerto, en Huelva.M. Herreros

Manuela Herreros
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El Gobierno andaluz quiere frenar la despoblación en los municipios de la comunidad y para ello aplicará más deducciones fiscales evitar la huida de los habitantes y favorecer la natalidad. Así que, a partir del próximo 1 de enero de 2026 entran en vigor nuevas ventajas a las que podrán acogerse en vecinos de los pueblos de menos de 3.000 habitantes.

Concretamente, la Junta de Andalucía aplicará dos medidas. Por un lado, la deducción por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, por otro, la rebaja de los tipos reducidos para promover una política social de vivienda del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en 422 municipios andaluces que ha identificado que tienen menos de 3.000 habitantes.

Así figura en la resolución de la Dirección General de Tributos, de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), donde especifica que la resolución se aplicará a los "hechos imponibles" desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.

La despoblación sigue inamovible con Granada y Almería a la cabeza

La relación de municipios con problemas de despoblación se mantiene prácticamente inamovible, ya que el año pasado fueron 423 municipios frente a los 422 de cara a 2026. Granada y Almería son las provincias con más municipios con problemas de despoblación, con un total de 121 y 68, respectivamente. Le siguen Málaga y Jaén, con 57 y 55; Huelva con 49; Córdoba con 37; Sevilla con 24 y Cádiz con once.

Dicha resolución especifica que los artículos 43 y 50 de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, "establecen tipos reducidos en las modalidades de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de inmuebles que radiquen en municipios con problemas de despoblación, con el cumplimiento de determinados requisitos".

A su vez, en relación al IRPF, el artículo 11 de dicha ley regula un importe incrementado de 400 euros para la deducción por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores "cuando el contribuyente con derecho a ella resida en un municipio con problemas de despoblación".

Menos de 3.000 habitantes en el Padrón de 2025

Al respecto, la misma resolución de la Consejería de Economía aclara que el artículo 8 de la citada Ley de Tributos Cedidos estipula que, "a los efectos" de dicha norma, "tendrán la consideración de municipios con problemas de despoblación aquellos cuya cifra de población sea de menos de 3.000 habitantes".

Los datos de población de los que parte la Junta para considerar si un municipio presenta "problemas de despoblación" son las que se han declarado "oficiales" tras la revisión de las cifras del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2025, "con efectos desde el 31 de diciembre de 2025" en cada una de las localidades

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