18 meses de cárcel para el profesor que ofreció aprobar a una alumna si le enseñaba los pechos
La Audiencia Provincial de Almería revoca la absolución inicial y condena al docente por acoso sexual a una menor de 14 años durante un examen

Audiencia Provincial de Almería
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 18 meses de prisión a un profesor por un delito de acoso sexual a una alumna de 14 años, a la que ofreció aprobar un examen si accedía a enseñarle los pechos. El tribunal revoca así la sentencia absolutoria dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Penal número 4 de Almería tras estimar los recursos de la Fiscalía y de la acusación particular.
De acuerdo con la resolución judicial, los hechos se produjeron en marzo de 2024 durante la celebración de una prueba académica, cuando el docente se dirigió a la menor y le dijo: “si me enseñas los pechos te apruebo”, una petición en la que insistió en varias ocasiones a lo largo del examen. La menor no accedió a la solicitud, si bien la situación le provocó una sensación de “desconcierto y desasosiego”, tal y como recoge el fallo.
La Audiencia considera acreditado que el acusado se prevalió de su condición de profesor y de la situación de autoridad que ejercía sobre la alumna, quien se encontraba sola con él en un aula cerrada durante el horario lectivo. El tribunal subraya además que la víctima, de 14 años, debe ser considerada una persona vulnerable por su edad.
El fallo rechaza el criterio de la magistrada que absolvió inicialmente al docente al entender que no existió un clima de hostilidad suficiente. Para la Sección Tercera, los hechos probados constituyen un delito de acoso sexual agravado por la posición de superioridad del acusado y por la minoría de edad de la víctima.
Además de la pena de prisión, la sentencia impone 21 meses de inhabilitación especial para ejercer como docente, una indemnización de 8.000 euros por daño moral, así como una orden de alejamiento y prohibición de comunicación durante cuatro años. El fallo incluye también dos años de libertad vigilada y cinco años de inhabilitación para cualquier actividad profesional que implique contacto habitual con menores.