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El Supremo confirma los cuatro años de prisión para el futbolista Santi Mina por abuso sexual

El tribunal ha confirmado que no hubo consentimiento por parte de la víctima, de la que abusó en una furgoneta junto a una zona de ocio de Mojácar, Almería.

Santi Mina sale de la Audiencia de Almería .

Santi Mina sale de la Audiencia de Almería .EUROPA PRESS

Manuela Herreros
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El pronunciamiento del Tribunal Supremo no deja lugar a dudas sobre los hechos cometidos por Santi Mina, exfutbolista del Valencia y del Celta de Vigo, y ratifica la condena a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual cometido contra una mujer en 2017 en Mojácar (Almería). 

La resolución, dictada por la Sala de lo Penal, desestima tanto el recurso presentado por el futbolista como el de la víctima y mantiene la indemnización de 25.000 euros por daño moral fijada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Los hechos se remontan a julio de 2017, cuando Mina se encontraba en Mojácar junto a varios amigos. Según los hechos declarados probados por los tribunales, el futbolista entró en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca y realizó posteriormente dos actos sexuales que la Justicia considera no consentidos. La Audiencia Provincial de Almería condenó a Mina en 2022 a cuatro años de prisión, mientras que el TSJA confirmó posteriormente la pena y redujo de 50.000 a 25.000 euros la indemnización.

El Supremo rechaza el argumento del consentimiento

Uno de los principales argumentos de la defensa de Mina ante el Supremo era que había actuado bajo un error vencible sobre el consentimiento de la mujer. El tribunal rechaza esta tesis al considerar que los hechos probados no contienen ningún elemento que permita afirmar que la víctima hubiera realizado una manifestación de consentimiento que el futbolista pudiera haber interpretado de forma equivocada.

La sentencia señala que Mina aprovechó "la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada" para ejecutar dos actos sexuales "inconsentidos" y que detuvo su actuación cuando percibió que continuar habría exigido vencer la oposición de la mujer mediante la fuerza.

El Supremo también precisa que el hecho de que el futbolista cesara cuando la mujer le pidió que parara no demuestra que hubiera existido consentimiento previamente. Según la Sala, ese hecho determina el momento en que terminó la actuación y explica que los tribunales descartaran el empleo de violencia o intimidación, pero no acredita un consentimiento anterior.

La víctima también recurrió la sentencia

La acusación particular había solicitado al Supremo que Mina fuera condenado por un delito de agresión sexual con penetración y que la pena se elevara a ocho años de prisión. De forma subsidiaria, había pedido seis años al considerar que se habían producido dos actos sexuales penetrativos diferenciados.

El Supremo rechaza ambas peticiones. La Sala considera que los hechos probados no describen el empleo de violencia con una función instrumental para ejecutar los actos sexuales, por lo que mantiene la calificación jurídica establecida en las anteriores instancias.

El tribunal también mantiene la absolución del segundo acusado en el procedimiento, contra quien la acusación había solicitado una condena como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice.

Una condena que queda confirmada por el Supremo

Con la decisión del Tribunal Supremo, queda confirmada la pena de cuatro años de prisión, así como la indemnización de 25.000 euros establecida por el TSJA. La resolución supone el cierre del recurso de casación presentado contra la sentencia andaluza.

Mina, de 30 años, desarrolló buena parte de su carrera profesional en el fútbol español. Fue jugador del Valencia y del Celta de Vigo, entre otros equipos, y también militó en el Al-Shabab de Arabia Saudí. El Celta rescindió unilateralmente su contrato en agosto de 2023, después de que el TSJA confirmara entonces la condena dictada por la Audiencia de Almería.

A 24 de septiembre de 2026, la principal novedad judicial es, por tanto, la confirmación por el Supremo de los cuatro años de prisión y el rechazo de los recursos de ambas partes. Las informaciones consultadas confirman la condena firme, pero no he encontrado en las fuentes publicadas hasta ahora una comunicación oficial que permita afirmar que Mina ya haya ingresado en prisión ni una fecha concreta para hacerlo.

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