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El jurado no ve intencionalidad en la muerte de Sergio Delgado: la intoxicación etílica influyó pero no que el acusado supiera Muay Thai

El tribunal popular desmonta la tesis de que el origen vallisoletano motivara la agresión y concluye que el acusado no pudo imaginar el resultado. La Fiscalía rebaja la pena a 4 años y la defensa pide la libertad inmediata.

El acusado junto a su abogado durante un juicio en la Audiencia de Burgos, a 2 de febrero de 2026.

El acusado junto a su abogado durante un juicio en la Audiencia de Burgos, a 2 de febrero de 2026.Tomás Alonso / Europa Press

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El juicio por la muerte de Sergio Delgado ha dado un giro definitivo este martes en la Audiencia Provincial de Burgos. El jurado popular ha determinado que el caso se aleja del asesinato y del crimen de odio, concluyendo que el joven acusado, no "tuvo intencionalidad de causar la muerte" de la víctima con el puñetazo y que el acto fuera motivado por el hecho de que fuera de Valladolid. 

No existía voluntad de matar

Los hechos se remontan a la madrugada del 24 de febrero de 2024 en la Plaza de la Flora de Burgos. Sergio Delgado de 32 años, natural de Valladolid, se encontraba en una despedida de soltero cuando recibió un puñetazo que le hizo caer y le causó la muerte instantánea debido al golpe que recibió en la zona occipital, por parte de J.L.N, un joven burgalés de 23 años.

En la lectura del veredicto, realizada a las 14:00 horas, los miembros del jurado han sentenciado que el acusado es "culpable de haber causado la muerte" mediante un puñetazo, pero han matizado la naturaleza del acto. Con una mayoría de ocho votos a favor y uno en contra, el tribunal ha considerado que "no se podría llegar a imaginar las consecuencias de sus acto". Es decir, no consideran que existiera voluntad de matar.

Asimismo, han desmontado la teoría principal del que el crimen había sido motivado por el origen vallisoletano de Sergio. Para ello, se han basado en una prueba fundamental: un video que "demuestra que tuvieron una conversación" de varios minutos antes del golpe, lo que descarta la idea de un ataque repentino impulsado por el odio. 

El factor Muay Thai y el estado de la víctima 

El veredicto también aborda dos aspectos que han marcado el juicio. Por un lado, se ha destinado la peligrosidad atribuida a los conocimientos de artes marciales del acusado. Si es cierto que J.L.N. sabía técnicas de Muay Thai, sin embargo, el tribunal ha concluido que no queda probado que con el golpe pudiera producir la muerte de forma intencionada, únicamente con esas habilidades. 

Por otro lado, el jurado ha señalado un factor externo como determinante: el estado de la víctima. Se ha probado que la intoxicación etílica de Sergio habría "influido de manera notable" en la caída y las consecuencias del golpe, reforzando la tesis de que el autor de golpe no tenia intencionalidad en ningún momento de acabar con su vida.

La sentencia 

Tras la lectura del fallo, el Ministerio Fiscal ha rebajado su petición de pena de los 12 años iniciales a cuatro años de prisión, fijando la responsabilidad civil en 90.000 euros para cada uno de los padres y 25.000 para la hermana del fallecido.

Por su parte, la acusación particular mantiene la petición de 20 años por asesinato, mientras que la defensa ha solicitado una pena de dos años. Además, debido a que el acusado lleva en prisión provisional desde los hechos, su abogado ha pedido la puesta en libertad inmediata, al considerar que ya había cumplido la condena en esos días. 

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