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RTVE, obligada a rectificar tras la denuncia de Ayuso contra el programa de Javier Ruiz

El juez concluye que el programa vinculó de forma errónea una subvención al Colegio de Abogados de Madrid con su papel en el juicio contra el fiscal general, difundiendo una interpretación que se negó a rectificar y que la sentencia considera un “bulo” que distorsionó los hechos.

Javier Ruiz y Ayuso

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El Tribunal de Instancia de Madrid n.º 72 ha condenado a RTVE y a su presidente, José Pablo López, tras una demanda civil interpuesta por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso el pasado mes de diciembre por difundir «una información tendenciosa y no ajustada a la verdad» en el programa Mañaneros, que presenta Javier Ruiz. 

La resolución judicial obliga a la cadena pública a rectificar el contenido emitido y marca que el tratamiento informativo ofrecido no se ajustó correctamente a los hechos.

Origen

El origen del caso se encuentra en una pieza emitida en dicho espacio televisivo en la que se vinculaba la concesión de una subvención de 43 millones de euros al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid  con su papel como acusación en el procedimiento judicial contra el fiscal general del Estado. Según la sentencia, esa relación se presentó de forma que podía inducir al espectador a pensar que existía una conexión directa entre ambos elementos, sin el suficiente respaldo ni contexto.

En concreto, la información señalaba una ayuda pública destinada al funcionamiento del servicio de asistencia jurídica gratuita como si estuviera relacionada con la actuación del Colegio en ese proceso judicial, una interpretación que el tribunal considera errónea al tratarse de ámbitos independientes y regulados de manera autónoma.

Resolución

El fallo judicial añade que la subvención en cuestión forma parte de un sistema ya establecido y financiado para garantizar el turno de oficio y la asistencia jurídica gratuita, una competencia que la Comunidad de Madrid gestiona desde hace años. Por ello, la resolución subraya que omitir ese contexto esencial contribuyó a generar una lectura incompleta de la información.

La sentencia también incide en que la pieza emitida no solo simplificaba el contenido, sino que además mezclaba hechos distintos sin una explicación suficiente de su relación, lo que podía llevar al espectador a establecer conclusiones no fundamentadas.

En este sentido, el juez insiste en la importancia de mantener la precisión informativa, especialmente en medios públicos y en asuntos con impacto político e institucional.

Otro de los elementos señalados es que el programa no atendió por los cauces formales la solicitud de rectificación presentada por la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, lo que derivó finalmente en la vía judicial. 

Además, se cuestiona el uso de rótulos y mensajes en pantalla que habrían reforzado una interpretación equivocada de los hechos, amplificando el impacto de la información original

Consecuencias

En consecuencia, el tribunal obliga a RTVE y a su presidente a emitir y difundir de forma íntegra el texto remitido en su día por la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, sin añadidos, comentarios ni matizaciones, en un plazo máximo de tres días desde la notificación de la sentencia. 

Además, dicha rectificación deberá publicarse con una relevancia equivalente a la noticia original, en el mismo programa Mañaneros y en la misma franja horaria en la que se emitió el contenido cuestionado el 1 de diciembre de 2025.

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La resolución también impone a la corporación pública y a su presidente el pago de las costas del procedimiento. Contra este fallo cabe la posibilidad de interponer recurso de apelación.