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DERECHOS SOCIALES

El BOE ya contempla los nuevos permisos de maternidad y paternidad: cuándo entran en vigor y cuáles son

El Boletín Oficial del Estado ya recoge la ampliación del permiso de maternidad y paternidad tras su aprobación en el Consejo de Ministros.

Padres paseando a sus hijos en una imagen de archivo

Padres paseando a sus hijos en una imagen de archivo

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El anunció que este martes realizó la vicepresidenta del Gobierno Yolanda Díaz sobre los nuevos permisos de maternidad y paternidad ya están publicados en el Boletín Oficial del Estado, por lo que, como el resto de las leyes, entrarán en vigor 24 horas después; esto es, este mismo jueves.  

Este Real Decreto Ley garantiza permisos retribuidos para cuidados de menores de hasta 19 semanas, en el caso de familias biparentales, y el caso de familias monoparentales/monomarentales, en un máximo de 32 semanas; esto quiere decir que se amplía en 3 semanas el permiso por nacimiento/adopción y cuidado de hijo o hija. En el caso de las familias monoparentales el permiso se ha ampliado desde las 16 a las 32 semanas. 

La distribución de semanas para las familias biparentales queda de la manera siguiente:

  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción de carácter obligatorio.
  • 11 semanas a libre disposición, a disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor.
  • 2 semanas para el cuidado de menor que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

En el caso de familias monoparentales, la distribución es la misma, pero con distinta duración:

  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción.
  • 22 semanas a libre disposición que podrán disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor
  • 4 semanas para el cuidado del hijo/hija que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

Una de las grandes novedades del acuerdo al que han llegado PSOE y Sumar son las dos semanas de permiso retribuido hasta que el hijo cumpla ocho años, de la que se podrán beneficiar aquellos padres cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024.

Para poder utilizar estos permisos el trabajador debe comunicarlo a la empresa al menos con 15 días de anticipación. Salvo las semanas de carácter obligatorio, el resto podrán ser utilizadas a jornada completa o parcial. Estos permisos serán abonados por la Seguridad Social y su pago corresponderá al 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), salvo que la base reguladora sea inferior a este, supuesto en el que se atenderá a dicha base reguladora.

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