Ya es oficial: el Supremo frena el doble cobro de comisión e intereses por el mismo descubierto
Un cargo bancario pequeño puede salir mucho más caro. Detrás de ciertos cobros por descubierto hay un punto decisivo: si el banco no justifica una gestión real o suma cargos por el mismo impago, ese cobro puede no sostenerse.

Usar el cajero
El debate ya no está en si un banco puede cobrar por un descubierto, sino en cuándo ese cargo se convierte en un doble cobro abusivo. Ese matiz es el que explica por qué ciertas comisiones pueden impugnarse y qué debe mirar el cliente en su cuenta.
Un descubierto de unos días puede acabar en una cadena de cargos que dispara la factura bancaria. El Supremo ya anuló en 2019 una comisión de 30 euros por descubierto al entender que se activaba de forma automática y podía sumarse a los intereses de demora por el mismo impago, una línea que después ha seguido reforzando con doctrina más reciente.

Archivo - Fachada del Banco de España, a 1 de abril de 2025, en Madrid (España).
La clave está en el matiz. No se trata de afirmar que un banco nunca pueda cobrar intereses o comisiones, porque el Banco de España recuerda que, en un descubierto, la entidad puede repercutir las comisiones e intereses pactados en contrato. El límite aparece cuando varios cargos recaen sobre el mismo hecho sin una causa real y diferenciada.
El Supremo pone límite al cobro automático

La nota oficial del CGPJ sobre la sentencia de 2019 explica que la comisión analizada no cumplía las exigencias del Banco de España porque se planteaba como una reclamación automática y podía reiterarse. El Supremo vio abusivo que bastara la falta de pago en la fecha prevista para que, además de los intereses moratorios, se devengara también esa comisión.
Dicho de forma sencilla, el problema no era solo la existencia de un cargo, sino que el cliente acabara soportando dos costes por el mismo impago sin que la entidad acreditara un servicio real detrás de ese segundo cobro. Ese es el núcleo que da sentido al titular y evita presentarlo como una prohibición absoluta de cualquier comisión.
La sentencia de 2019 que cambió el criterio

Justicia
La base de esta línea está en la sentencia 566/2019, de 25 de octubre, que examinó una comisión de 30 euros por cada descubierto. No era un detalle menor: se trataba de una comisión de reclamación de posiciones deudoras, la figura que el Supremo sometió a examen para decidir si realmente respondía a una actuación individualizada del banco o si funcionaba como un automatismo.
La conclusión fue clara: si la entidad no acredita una gestión efectiva ni un servicio real, el cobro no se sostiene. Por eso esa resolución sigue siendo el punto de partida más sólido para explicar por qué ciertas comisiones ligadas a descubiertos pueden considerarse abusivas.
Qué exige el Banco de España para cobrar una comisión

Lista
El Banco de España ayuda a ordenar conceptos que suelen mezclarse. Una cosa es el descubierto, que es la situación en la que la cuenta entra en números rojos. Otra es la comisión por descubierto, que tiene reglas propias. Y otra distinta son los gastos por reclamación de posiciones deudoras, que exigen una actuación real de la entidad para reclamar ese saldo.
Además, el supervisor precisa que la comisión por descubierto no puede adeudarse más de una vez aunque se produzcan varios descubiertos dentro del mismo período de liquidación. También indica que la entidad debe informar del plazo para regularizar el saldo y de la posible repercusión de los gastos por reclamación si el cliente no lo corrige.
El refuerzo reciente del Supremo llega con fecha concreta

Tribunal Supremo
Ese criterio no se quedó en 2019. El apoyo más reciente está en el resumen oficial de sentencias de la Sala Primera del Tribunal Supremo fechado el 22 de diciembre de 2025, referido a resoluciones dictadas entre el 15 y el 19 de diciembre de 2025, el documento oficial que has aportado para contextualizar este nuevo refuerzo jurisprudencial.
La lectura conjunta con la doctrina anterior apunta a la misma idea: no cabe cargar interés de demora y comisión cuando ambos recaen sobre el mismo impago sin una causa diferenciada. Ese refuerzo no cambia la lógica de fondo, pero sí consolida una línea más clara contra los cargos duplicados sin justificación real.
Qué revisar si el banco te ha cobrado de más por un descubierto

Cuenta online
Si el cliente detecta varios cargos ligados a un descubierto, conviene comprobar algunos puntos básicos antes de dar por bueno el apunte bancario. No basta con ver una comisión en el extracto: lo importante es saber si ese cobro estaba previsto, si se ha repetido y si responde de verdad a una gestión real de la entidad. (clientebancario.bde.es).
- Si la comisión estaba prevista en el contrato. El banco puede cobrar determinadas comisiones e intereses por descubierto, pero deben estar pactados y ajustarse a los límites fijados por la normativa. (clientebancario.bde.es)
- Si la comisión se ha cobrado más de una vez en el mismo período de liquidación. El Banco de España precisa que la comisión por descubierto no puede adeudarse más de una vez aunque se produzcan varios descubiertos dentro de ese mismo período.
- Si el banco informó del plazo para regularizar el saldo. La entidad debe comunicar al cliente el tiempo que tiene para cubrir el descubierto y, en su caso, las posibles consecuencias si no lo hace.
- Si hubo una gestión real para reclamar la deuda. Los gastos por reclamación de posiciones deudoras no pueden cargarse como un automatismo: deben responder a una actuación efectiva del banco para reclamar ese saldo.
- Si se han añadido nuevos cargos sobre un saldo ya reclamado. El Banco de España indica que los saldos en descubierto ya generados y reclamados no pueden originar nuevas comisiones de descubierto ni nuevos gastos por reclamación, aunque sí intereses de demora.
En resumen, el banco sí puede cobrar determinados gastos por un descubierto, pero no convertir el mismo impago en una suma automática de cargos sin justificación. Ahí está el límite que ha ido marcando el Supremo: no todo cobro es abusivo, pero el doble cargo por el mismo hecho sin un servicio real detrás puede no sostenerse.
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