Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, avisa a los jubilados: "La reforma más importante de la jubilación flexible desde 2002"
Alfonso Muñoz, funcionario y experto en Seguridad Social, explica las novedades de la jubilación flexible y la jubilación demorada que afectan a pensionistas, trabajadores y autónomos

La nueva jubilación flexible amplía las posibilidades de compatibilizar el cobro de parte de la pensión con una actividad laboral.
La jubilación flexible y las pensiones de la Seguridad Social afrontan importantes cambios. Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social y experto en pensiones, ha explicado las novedades que, según detalla, introduce el Real Decreto 416/2026 en la jubilación flexible y en determinados aspectos de la jubilación demorada. Entre ellas destaca una especialmente significativa para los pensionistas: la posibilidad de compatibilizar parte de la pensión con una actividad laboral se amplía y abre una nueva vía para los trabajadores autónomos.
El funcionario considera que el alcance de la modificación es considerable. De hecho, Muñoz la define como "la reforma más importante de la jubilación flexible desde su creación en el año 2002". En términos sencillos, la jubilación flexible permite a una persona que ya está jubilada y cobrando su pensión regresar al mercado laboral y compatibilizar ese trabajo con una parte de la prestación.
Alfonso Muñoz explica el gran cambio de la jubilación flexible de la Seguridad Social
Una de las principales novedades señaladas por Alfonso Muñoz afecta directamente a los autónomos. Hasta ahora, explica el funcionario de la Seguridad Social, la jubilación flexible únicamente podía compatibilizarse con un trabajo por cuenta ajena y a tiempo parcial.
"La primera gran novedad es que se abre la puerta a los autónomos", afirma. Según su explicación, ahora también podrá compatibilizarse con una actividad por cuenta propia, aunque existe una condición importante: el pensionista no podrá haber estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los tres años anteriores a su jubilación.
Muñoz utiliza el ejemplo de un ingeniero que se jubila en septiembre de 2026 después de llevar más de tres años sin estar dado de alta como autónomo. Si en 2027 decide realizar ocasionalmente trabajos de consultoría, con la nueva normativa podría desarrollar esa actividad por cuenta propia y, al mismo tiempo, percibir una parte de su pensión.
El cambio supone, por tanto, una ampliación relevante de las posibilidades que tienen determinados pensionistas y trabajadores autónomos para regresar al mercado laboral después de jubilarse.
Alfonso Muñoz revela cuánto se podrá trabajar con la jubilación flexible
La reforma explicada por Alfonso Muñoz también modifica los porcentajes de jornada compatibles con la jubilación flexible. Según señala el experto en Seguridad Social, la actividad laboral compatible deberá situarse entre un 33% y un 80% de la jornada ordinaria.
Hasta ahora, explica, los límites estaban comprendidos entre el 25% y el 75%. Pero el funcionamiento de esta modalidad implica que la cuantía de la pensión se adapte al trabajo realizado.
Muñoz pone un ejemplo muy sencillo para entenderlo. Si un pensionista cobra una pensión de 1.600 euros mensuales y comienza a trabajar con una jornada equivalente al 50% de la habitual, percibirá aproximadamente el 50% de su pensión, unos 800 euros, además de cobrar íntegramente el salario correspondiente a su trabajo.
Pero la reforma introduce otro elemento que puede marcar la diferencia: nuevos incentivos económicos.
Según explica el funcionario, cuando la actividad compatible comienza por primera vez después de que hayan transcurrido al menos seis meses desde la jubilación, la cuantía compatible puede incrementarse. Si la jornada se sitúa entre el 55% y el 80%, el incremento será del 25%; cuando esté entre el 33% y el 54%, será del 15%.
"No basta con permanecer seis meses trabajando", matiza Muñoz. Lo determinante para acceder al incremento es que hayan transcurrido al menos seis meses desde el inicio de la jubilación antes de comenzar la actividad compatible.
Alfonso Muñoz advierte de la diferencia para los autónomos en la jubilación flexible
Aunque los autónomos son una de las grandes novedades de la reforma, Alfonso Muñoz advierte de que sus condiciones no son iguales a las de quienes trabajan por cuenta ajena.
Cuando un pensionista realice una actividad por cuenta propia dentro de esta modalidad, explica, la pensión compatible será del 25% de la pensión reconocida.
El funcionario vuelve a recurrir a un ejemplo práctico. Si una persona cobra una pensión mensual de 2.400 euros y comienza una actividad por cuenta propia, durante la jubilación flexible percibirá 600 euros mensuales de pensión, equivalentes al 25%, además de los ingresos que obtenga mediante su actividad profesional.
Esta diferencia lleva al propio Muñoz a señalar posteriormente una de las principales limitaciones que, a su juicio, mantiene la reforma: "Los autónomos continúan recibiendo un tratamiento peor o menos favorable que los trabajadores por cuenta ajena".
Alfonso Muñoz señala qué ocurre con los complementos y las nuevas cotizaciones
La letra pequeña de la jubilación flexible de la Seguridad Social también alcanza a los complementos de las pensiones.
Según explica Alfonso Muñoz, el complemento para la reducción de la brecha de género se reducirá en la misma proporción que la pensión durante la compatibilización. No obstante, cuando la actividad laboral comience después de haber transcurrido al menos seis meses desde la jubilación, también podrá beneficiarse de los incrementos previstos para la pensión.
Distinta es la situación de los complementos a mínimos. Durante la jubilación flexible, afirma Muñoz, no se percibirán. Cuando termine la actividad laboral compatible, podrán recuperarse si el pensionista sigue cumpliendo los requisitos correspondientes.
Otro aspecto especialmente importante son las cotizaciones realizadas durante ese nuevo periodo de trabajo. "Las nuevas cotizaciones apenas mejoran la pensión", resume el funcionario.
Con carácter general, explica, las cotizaciones realizadas durante la jubilación flexible no generarán un incremento posterior de la pensión. Muñoz señala como excepción determinados casos de jubilación anticipada involuntaria, en los que esas nuevas cotizaciones podrán utilizarse para recalcular la prestación y mejorar su cuantía.
Alfonso Muñoz señala que las novedades entran en vigor el 28 de agosto de 2026. También advierte de un detalle esencial para quienes ya tengan reconocida una pensión: según explica en el vídeo, la nueva norma no tiene carácter retroactivo y las pensiones reconocidas con la legislación anterior seguirán sujetas a las reglas vigentes en el momento de su reconocimiento.