Multas de la DGT: estas son las distracciones al volante más castigadas y la pérdida de puntos que suponen
La DGT pone el foco en una serie de comportamientos habituales que pueden acabar en multa cuando apartan la atención de la carretera.

La M-40 madrileña, punto de paso habitual en viajes estivales, concentra uno de los radares con más sanciones de todo el país.
Las distracciones continúan siendo uno de los principales problemas de seguridad vial en España Campañas de vigilancia y controles de la Guardia Civil destapan cuáles son los comportamientos prohibidos que más multas acumulan. Según la Dirección General de Tráfico, fueron el factor concurrente más habitual en los siniestros mortales registrados en 2024: estuvieron presentes en 406 casos, el 30% del total.
La última campaña específica de la DGT, desarrollada entre el 6 y el 12 de octubre de 2025, controló 404.258 vehículos y terminó con 7.983 conductores denunciados por comportamientos prohibidos durante la conducción. La infracción más repetida fue sujetar el teléfono móvil con la mano, con 3.283 denuncias entre los controles realizados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.
El móvil es la distracción más sancionada
Sujetar el teléfono móvil con la mano es la conducta que encabeza las estadísticas de la DGT. La infracción lleva aparejada una multa de 200 euros y la pérdida de seis puntos del permiso de conducir. La sanción se aplica aunque el uso dure pocos segundos y aunque el vehículo se encuentre detenido en un semáforo, porque sigue formando parte de la circulación.
Usar manualmente el teléfono, el navegador o un sistema de comunicación es otra de las distracciones más sancionadas. La Ley de Tráfico prohíbe utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio de comunicación cuando sea necesario manejarlos con la mano. Esta infracción supone 200 euros y la retirada de tres puntos, salvo que la conducta encaje en el supuesto más grave de llevar el móvil sujeto con la mano.
Además, la normativa prohíbe utilizar auriculares, cascos de audio o instrumentos similares conectados a aparatos reproductores o receptores de sonido. En la campaña de octubre de 2025 se registraron 351 denuncias por esta conducta. La infracción está considerada grave y conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos.
Desde junio de 2026 existe una excepción específica para determinados dispositivos inalámbricos homologados e integrados en el casco de motoristas y ciclomotores. Solo pueden emplearse para intercomunicación o navegación y siempre que no afecten a la seguridad de la conducción.
Asimismo, los agentes denunciaron a 135 conductores por buscar objetos y a 87 por distraerse con otros pasajeros. Abrir la guantera, recoger algo del suelo, girarse hacia los asientos traseros o mantener una discusión puede constituir una infracción si compromete la libertad de movimientos, el campo de visión o la atención permanente exigida por la ley.
Comer y beber también puede distraer
Comer o beber mientras se conduce no implica automáticamente una multa independiente. Sin embargo, puede ser sancionable si la acción afecta al control del vehículo o a la atención del conductor. En la campaña de la DGT se registraron 63 denuncias por comer al volante, una cifra inferior a la de otras conductas como el uso del móvil, los auriculares o la lectura.
La misma precaución debe aplicarse a fumar, ajustar el climatizador, manipular la radio o recoger un objeto. La normativa obliga a mantener la propia libertad de movimientos, el campo de visión necesario y la atención permanente a la conducción.
La recomendación de la DGT es preparar el viaje antes de arrancar, programar el navegador con el vehículo detenido y dejar el teléfono fuera del alcance. El manos libres evita sujetar el móvil, pero no elimina por completo la distracción asociada a una conversación. Si es necesario manipular cualquier dispositivo o atender una llamada, lo más seguro es detenerse en un lugar autorizado.