Correos avisa: hasta cuándo solicitar y entregar el voto por correo: fechas oficiales de las elecciones del 29 de noviembre

El organismo postal detalla los plazos exactos de solicitud y el día límite para depositar tu sobre en ventanilla de Correos

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Los electores pueden pedirlo desde el 6 de octubre en las oficinas de Correos o a través de internet, pero deberán depositar el voto antes de una fecha determinada  para el 29N. Las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 permitirán, como es habitual, votar por correo a quienes no puedan acudir personalmente a su colegio electoral. La solicitud puede tramitarse desde el 6 de octubre y el plazo termina el 19 de noviembre, según la información publicada por Correos. El depósito del sobre con el voto podrá realizarse hasta el 25 de noviembre en las oficinas postales.

Cómo solicitar el voto por correo

Los ciudadanos que quieran votar por correo pueden iniciar el procedimiento de dos formas. 

Dos formas de votar por correo

  • La primera consiste en acudir a cualquier oficina de Correos durante su horario de atención al público. Allí deberán presentar el documento nacional de identidad, el pasaporte o cualquier otro documento oficial que permita acreditar su identidad.

  • La segunda opción es realizar la solicitud por internet, sin necesidad de desplazarse. Para ello, el elector debe acceder a la plataforma habilitada por Correos, identificarse mediante un certificado electrónico o el DNI electrónico y disponer de la aplicación AutoFirma para completar el trámite.

Una vez presentada la petición, la Oficina del Censo Electoral comprobará que el solicitante está inscrito correctamente. Si todo está en orden, enviará al domicilio indicado la documentación necesaria para votar: las papeletas correspondientes al Congreso de los Diputados y al Senado, los sobres electorales, el certificado de inscripción en el censo y una hoja explicativa con las instrucciones.

La solicitud del voto por correo implica que el elector no podrá votar después de forma presencial en su mesa electoral. Por ese motivo, conviene revisar bien los datos personales y el domicilio de entrega antes de completar el trámite.

Fechas clave para votar en las generales

El plazo para solicitar el voto por correo finaliza el 19 de noviembre de 2026, diez días antes de la celebración de las elecciones generales. La documentación se recibirá posteriormente en el domicilio que haya señalado el elector, siempre que la Oficina del Censo Electoral valide la petición.

Cuando tenga las papeletas, deberá escoger la candidatura que prefiera para el Congreso y el Senado, introducirlas en los sobres correspondientes y cerrar toda la documentación siguiendo las indicaciones recibidas. El envío se deposita en una oficina de Correos y no necesita franqueo.

Correos establece como fecha límite para entregar el voto el 25 de noviembre de 2026, aunque la normativa electoral fija con carácter general el tercer día anterior a la votación para el depósito del voto por correspondencia. La recomendación es no esperar al último momento, especialmente si el elector necesita recibir la documentación, corregir alguna incidencia o desplazarse a una oficina postal.

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Pueden votar quienes tengan la mayoría de edad y estén inscritos en el censo electoral. El voto no es obligatorio en España. Quedan excluidas las personas condenadas mediante sentencia firme a la privación del derecho de sufragio, de acuerdo con la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).