Fallece el titular de la cuenta: por qué pueden seguir llegando recibos aunque se bloqueen las tarjetas
Las gestiones con el banco cambian según el contrato y el tipo de operación, y no todos los movimientos reciben el mismo tratamiento

Revisar recibos
Comunicar al banco el fallecimiento de un familiar no hace desaparecer los gastos de su vivienda. Pueden seguir llegando recibos de electricidad, impuestos o seguros, aunque las tarjetas y las claves de la persona fallecida ya estén bloqueadas. Son operaciones distintas. El Banco de España explica que mantener determinadas domiciliaciones puede evitar recargos y conservar el patrimonio mientras se resuelve la herencia, sin que eso permita utilizar libremente el dinero de la cuenta.
En una cuenta con un solo titular, la entidad debe bloquear sus tarjetas, claves y acceso a la banca online cuando tiene noticia del fallecimiento. Así lo recuerda el supervisor en una explicación publicada el 3 de febrero de 2026. También termina la facultad de quienes estaban autorizados para operar en vida del titular. Conservar una tarjeta o conocer la contraseña no mantiene esa autorización después de su muerte.
Por qué algunos recibos se siguen pagando tras el fallecimiento
El criterio sobre los recibos atiende a otra necesidad. Durante la herencia yacente, antes de la aceptación o el rechazo, siguen existiendo bienes que conservar y obligaciones relacionadas con ellos. El Banco de España considera ajustado a las buenas prácticas que las entidades colaboren en ese mantenimiento. Entre sus ejemplos figuran domiciliaciones ya ordenadas de suministros, impuestos y seguros, cuya devolución podría generar problemas innecesarios para los herederos.
Eso no equivale a una autorización general para cargar cualquier compra. La explicación del supervisor se refiere a operaciones ordenadas en vida que contribuyen al mantenimiento de la herencia y siempre que el conjunto de coherederos no haya dado una orden expresa en contra. Por tanto, comprobar un recibo exige identificar el servicio, el mandato previo y su relación con los bienes que forman parte de la sucesión.
Un caso sencillo ayuda a distinguirlo. El suministro eléctrico de una vivienda puede necesitar continuidad mientras se decide su destino. Una compra nueva que quiera hacer un familiar con la tarjeta del fallecido no es la misma operación. Si aparecen cargos desconocidos o servicios que ya no se utilizan, corresponde revisar cada contrato y trasladar al banco la consulta o la instrucción que proceda, en lugar de dar por canceladas todas las domiciliaciones.
Cuando existen cotitulares, la respuesta depende del régimen de disposición. En una cuenta solidaria o indistinta, el superviviente puede continuar operando salvo previsión contractual diferente. En una mancomunada, las disposiciones requieren la intervención de los cotitulares supervivientes y los herederos. Poder operar y ser propietario de todo el saldo son cuestiones diferentes: el banco no resuelve las disputas sobre a quién pertenece el dinero.
Qué deben comprobar los herederos en el banco
Para empezar las gestiones, conviene reunir la documentación sucesoria y solicitar información de las posiciones del fallecido. El Banco de España menciona el certificado de defunción, el de últimas voluntades y la copia autorizada del testamento o la declaración de herederos. Para disponer de los fondos se añade la documentación de aceptación, partición y adjudicación, además de la acreditación fiscal correspondiente. Cada trámite debe encajar con el estado de la herencia.
La revisión de movimientos permite saber qué se está pagando y separar los gastos recurrentes de otros cargos. Elaborar una relación con el proveedor, el importe y la periodicidad facilita preguntar por una factura concreta. También ayuda a preparar cambios de titularidad en los servicios que deban continuar. Cancelar la cuenta y cancelar el contrato del suministro son gestiones diferentes, por lo que una no debería darse por hecha al completar la otra.
Después del reparto, los herederos pueden solicitar al banco el cambio de titularidad o la cancelación de una cuenta individual. El supervisor señala que la entidad debe disponer de medios para atender esas peticiones. Si la cuenta era compartida, habrá que contar también con los cotitulares y revisar el contrato. Hasta llegar a ese punto, la comprobación útil es qué operación sigue activa, quién puede autorizarla y para qué gasto se mantiene.