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Pedro Sánchez legisla para los suyos

Lo más grave, si cabe, ha sido la propuesta de Ley Orgánica de Garantía y Protección de los Derechos Fundamentales frente al Acoso presentada hace días por el PSOE en el Congreso de los Diputados

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, en el Complejo de la Moncloa, a 28 de enero de 2025

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, en el Complejo de la Moncloa, a 28 de enero de 2025Europa Press

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La opinión pública tiene serias dudas de que el gobierno de Pedro Sánchez respete la independencia judicial, especialmente cuando se investiga a su círculo familiar y de poder político. Son de actualidad las investigaciones en varios juzgados y tribunales sobre conductas presuntamente delictivas de su esposa, hermano, personas de confianza en la Moncloa, la Fiscalía General del Estado o de antiguos inquilinos de la calle Ferraz en Madrid. Como respuesta también son conocidas las dadas por Félix Bolaños descalificando públicamente a jueces y magistrados. Sin embargo, lo más grave, si cabe, ha sido la propuesta de Ley Orgánica de Garantía y Protección de los Derechos Fundamentales frente al Acoso presentada hace días por el PSOE en el Congreso de los Diputados.

Y la gravedad radica, entre otras, en que limita la acción popular en contra de lo establecido en el art 125 de la CE, que garantiza que cualquier ciudadano pueda ejercer la acción penal en un proceso judicial, colaborando en la solución de los conflictos y en la toma de decisiones que afecten al conjunto de la sociedad; además de que su disposición transitoria única afectaría directamente, y de forma beneficiosa, a las acciones en curso contra ese entorno familiar y político de Pedro Sánchez y el PSOE. Sin embargo, la propuesta de Ley va mucho más allá; pues no solo esconde una intromisión del poder Ejecutivo -el gobierno- en el Judicial -los jueces y magistrados-, sino que alcanza derechos constitucionales y genera un intenso debate y preocupación entre los operadores jurídicos.

Así, uno de los argumentos más preocupantes en contra de esta propuesta de ley es la posible vulneración del derecho a la defensa. La protección contra el acoso judicial, aunque necesaria, podría entrar en conflicto con el derecho de las partes a defenderse adecuadamente en un proceso. Si ciertas acciones legales son catalogadas como acoso, esto podría disuadir a las personas de presentar denuncias legítimas por miedo a represalias. En este sentido, la ley podría, irónicamente, disminuir la protección de los derechos fundamentales que pretende salvaguardar.

Además, la ambigüedad en la definición de acoso judicial plantea serias dudas. Sin una claridad adecuada, es probable que se produzcan interpretaciones erróneas que desestimen denuncias legítimas o que consideren acoso cualquier acción judicial que incomode a una parte. Esta falta de precisión podría llevar a un uso arbitrario de la ley, afectando la confianza en el sistema judicial.

Otro aspecto crítico es la posible limitación de la libertad de expresión. Al establecer mecanismos para sancionar lo que se considere acoso judicial, se corre el riesgo de crear un ambiente en el que los ciudadanos eviten cuestionar decisiones judiciales o administrativas por temor a represalias legales. La libertad de expresión es un pilar fundamental de cualquier democracia, y su restricción podría tener consecuencias graves para la participación ciudadana.

La ley también podría desproteger el interés público. La capacidad de los ciudadanos y organizaciones para actuar como garantes del interés público es esencial para mantener la transparencia y la rendición de cuentas. La acusación popular, un mecanismo que permite a cualquier persona promover acciones penales, ha sido una herramienta clave en la lucha contra la corrupción y el abuso de poder. Limitar esta figura podría debilitar el control social sobre las instituciones y las personas en posiciones de poder.

Además, existe el riesgo de que esta ley sea utilizada con fines políticos. Las acciones legales legítimas podrían ser descalificadas como acoso por aquellos en posiciones de poder, lo que podría llevar a un abuso del sistema legal para silenciar críticas o disidencias. Este escenario es particularmente preocupante en un contexto donde la oposición política y social ya enfrenta desafíos significativos.

La implementación de esta ley también podría tener un efecto intimidatorio sobre activistas sociales y defensores de derechos humanos. Si sus esfuerzos por luchar contra injusticias son considerados acoso, esto podría llevar a una disminución en la denuncia de abusos y a un debilitamiento del activismo social.

Por último, que no deja de ser el más importante, el impacto en el sistema judicial no puede ser subestimado. Los jueces podrían ver cuestionada su independencia al enfrentarse a presiones adicionales al decidir casos relacionados con acusaciones de acoso judicial; este hecho podría afectar su imparcialidad y objetividad. Además, la carga administrativa y judicial podría aumentar, ralentizando otros procesos y afectando la eficiencia del sistema. La independencia judicial, pilar fundamental del Estado de Derecho, esta protegido por nuestra Constitución en los artículos 117 al 123. Esta propuesta de Ley limitaría la acción independiente de los jueces en sus funciones constitucionales, especialmente la que garantiza la tutela judicial efectiva.

Con todo ello, la propuesta de Ley Orgánica de Garantía y Protección de los Derechos Fundamentales frente al Acoso no solo es una iniciativa política del gobierno de Pedro Sánchez en su interés particular de zafarse de la acción judicial situándonos en la senda de la autocracia, sino que plantea importantes interrogantes sobre el acceso a la justicia y la equidad en el sistema legal español. No entran en sus cálculos políticos, ni la protección de los derechos fundamentales ni garantizar que las personas puedan ejercer sus derechos sin temor a represalias. Mas, bien al contrario, para protegernos de esa senda hacia la autocracia, el conocimiento de las consecuencias de esta ley debe ser amplia y profunda para proteger los derechos constitucionales de los ciudadanos, de jueces y magistrados, y no del interés de una élite de poder que aspira a perpetuarse en la Moncloa.

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