La delegada de Sánchez sale invicta de todas las denuncias de la dana
La Audiencia de Valencia rechaza los recursos y la querella contra Pilar Bernabé, respaldando las decisiones de la jueza de Catarroja.

La delegada del Gobierno en la Comunitat, Pilar Bernabé
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha inadmitido los distintos recursos y una querella que pedían investigar a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, en la causa penal de la dana, confirmado las decisiones de la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra.
La Audiencia de Valencia ha dictado este lunes cuatro autos que desestiman otros tantos recursos de apelación contras sendas decisiones de la instructora.
Respecto a la querella de Hazte Oír contra la delegada del Gobierno, los magistrados señalan que no los recurrentes no han justificado su posición de “garante” en los términos que señala el artículo 11 del Código Penal y que posibilite la comisión por omisión de los delitos que se le atribuyen. “Tampoco justifica suficientemente la imputación objetiva del resultado”, añaden, en relación a la no solicitud de la declaración de emergencia de interés nacional.
En otro auto, el Tribunal ratifica la exclusión de los daños materiales de la investigación judicial al entender que no cabe identificar, a partir del contenido de la querella y el recurso analizados, “que pueda atribuirse a la ausencia de ejecución de obras de mantenimiento o modificación de cauces la condición de omisión penalmente relevante, atendiendo a los daños que pudieran haberse producido por dicha omisión”.
De este modo, a juicio de la Sala, la decisión adoptada por la juez de Instrucción “es correcta, puesto que en tales omisiones no se identifican los elementos típicos delictivos imprescindibles para poder admitir la querella en relación a ellos”.
Igualmente, la Audiencia descarta la concurrencia de indicios del delito de omisión del deber de socorro o de prevaricación administrativa por omisión.
Por otro lado, el Tribunal ha ratificado otras resoluciones de la instructora, como la exigencia de una fianza de 6.000 euros a la asociación Liberum para permitirle el ejercicio de la acción popular y que varios ciudadanos pudieran ejercer la acusación particular sin haber resultado lesionados o tener a fallecidos entre sus familiares pero sí haber sufrido daños materiales.