ESdiario

La causa contra Mónica Oltra por el encubrimiento de los abusos de su ex entra en espiral y se archiva otra vez

Si la Audiencia de Valencia apreció indicios claros de delito, contrariamente el juez de instrucción asume la tesis de la exvicepresidenta tachándo la acusación de meras "conjeturas" y "sospechas"

De izquierda a derecha Joan Baldoví, Mónica Oltra y Àgueda Micó

De izquierda a derecha Joan Baldoví, Mónica Oltra y Àgueda Micó

Sonia García
Publicado por

Creado:

Actualizado:

El Juzgado de Instrucción Nº 15 de Valencia ha acordado archivar provisionalmente la instrucción contra la ex vicepresidenta Mónica Oltra y sus altos cargos por el presunto encubrimiento de los abusos de su ex marido a una menor tutelada. La causa lleva oscilando entre aperturas y archivos pasando de instancia a instancia y cayéndose en una espiral que podría continuar alargando el proceso. 

La excicepresidenta de la Generalitat Valenciana, de Compromís, estaba acusado de un delito de abandono de menores, un delito de prevaricación y malversación, además de un delito contra la integridad moral previsto, según la denuncia de la víctima abusada, Maria Teresa Tanco. También las acusaciones de Gobierna-te y Vox pedían prisión para ella. Le acusaban de otros delitos como el encubrimiento o la omisión del deber de socorro. 

En cambio, la Fiscalía no vio los actos de la Conselleria como constitutivos de delito. El juez de instrucción archivos la causa para, poco después, la Audiencia de Valencia aceptar los recursos y concluir que la causa debía reabirse al apreciar "indicios claro" de delito.

En un nuevo auto, al que ha tenido acceso ESdiario, El juez de Instrucción número 15 de Valencia vuelve a archivar la causa asumiendo la tesis de Mónica Oltra. Replica de forma idéntica las palabras de la exvicepridenta declaró: "conjeturas". "Las acusaciones, particular y populares, en definitiva, se basan en meras conjeturas o sospechas, no susceptibles de convertirse en prueba de cargo alguna", expone el juez de instrucción en el auto. Estima que "nadie" debe ser juzgado "sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo" y, en conciencia, reitera que "no los aprecio en la conducta de los encausados".

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación. En el caso de que alguna de las acusaciones presentada dicho recurso, el procedimiento volvería a instancias de la Audiencia de Valencia, que podría volver a reabrir la causa. 

tracking