investigación dana
La jueza de Catarroja fuerza un careo clave: Pradas y el exjefe de Gabinete de Mazón, frente a frente por sus WhatsApps el día de la dana
La magistrada de Catarroja acuerda un careo entre la exconsellera de Emergencias y José Manuel Cuenca para aclarar las contradicciones en la gestión de la riada que dejó 230 muertos en Valencia.

Salomé Pradas y José Manuel Cuenca
La jueza de Catarroja que instruye la causa de la gestión de la dana que el pasado 29 de octubre de 2024 arrasó la provincia de Valencia y sesgó la vida de 2030 personas ha acordado la celebración de un careo clave entre la exconsellera de Emergencias, Salomé Pradas, y José Manuel Cuenca, quien fue jefe de Gabinete del entonces president de la Generalitat, Carlos Mazón, por sus controversiales WhatsApps el día de la catástrofe.
La decisión figura en un auto dictado este martes, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en el que la magistrada estima la petición formulada por la acusación popular, ejercida por Acció Cultural del País Valencià, así como por una acusación particular. Aunque el juzgado aún no ha fijado fecha para el careo, la resolución marca un punto de inflexión en la causa.
Según razona la jueza, el objetivo es contrastar directamente las versiones de ambos protagonistas en relación con aspectos considerados “absolutamente esenciales” de la investigación. “Dilucidar o no la coherencia de sus manifestaciones con los medios de prueba aportados al proceso se ha de efectuar en sede judicial y precisamente a través del careo”, señala de forma expresa el auto.
El cara a cara buscará aclarar las contradicciones surgidas tras la incorporación a la causa de distintos elementos probatorios, entre ellos los mensajes intercambiados durante las horas críticas de la emergencia y las declaraciones prestadas tanto en sede judicial como en instancias políticas. Pradas figura como investigada, mientras que Cuenca mantiene la condición de testigo, una diferencia procesal que añade aún más tensión al procedimiento.
En su resolución, la magistrada recuerda además un pronunciamiento previo de la Audiencia Provincial de Valencia, que estableció que el president de la Generalitat “ostenta la condición de máxima autoridad de la Generalitat Valenciana” y que, conforme al artículo 12 de la Ley 5/1983, “puede impartir instrucciones a los miembros del Consell”. Una referencia jurídica que apunta directamente al núcleo de la cadena de mando durante la gestión de la dana.
Este careo se perfila así como una de las diligencias más relevantes del proceso, al situar frente a frente a dos figuras clave del dispositivo político y administrativo que actuó —o dejó de actuar— durante la catástrofe. Un enfrentamiento judicial del que pueden desprenderse nuevas responsabilidades en una causa que investiga no solo una tragedia humana sin precedentes, sino también daños materiales millonarios en decenas de municipios valencianos.