El presunto asesino de Xilxes ya fue condenado por malos tratos a 38 días de trabajos a la comunidad
El juzgado ha decretado la prisión provisional sin fianza para el detenido por el presunto asesinato de su hija y de su exmujer

El presunto asesino de su mujer e hija de 12 años es trasladado a disposición judicial, desde la Comandancia de la Guardia Civil de Castellón
La titular de la plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Vila-real ha decretado este viernes el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, del hombre detenido como presunto autor de los crímenes de su ex compañera sentimental y de la hija menor de ambos en la localidad castellonense de Xilxes.
El detenido, que se ha acogido a su derecho a no declarar durante su comparecencia judicial, está investigado inicialmente, y sin perjuicio de ulterior calificación, por dos delitos de homicidio/asesinato y un delito de quebrantamiento de condena, en una causa en la que se mantiene bajo secreto de las actuaciones.
El investigado ya fue condenado en febrero de 2025, en el marco de un juicio rápido celebrado el día 28 de ese mes por conformidad de las partes, y el propio Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vila-real (ahora Plaza 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Vila-real) le impuso las siguientes penas:
Como autor de un delito de coacciones del artículo 172.2 del Código Penal a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima
Por otro lado, como autor de un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia de género del artículo 153.1 y 3 del Código Penal fue condenado a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima.
La jueza que estaba entonces al frente del citado órgano judicial impuso también al hombre, que hasta ese momento carecía de antecedentes penales, la obligación de indemnizar a la víctima con 200 euros, en concepto de responsabilidad civil. La medida de alejamiento y prohibición de comunicación impuesta en esta sentencia firme estaba por tanto en vigor hasta octubre de 2027.