Confecomerç utilizó la misma estructura de empresa instrumental que se investiga en Alicante
Bonos comercio de Alicante: Mismo modelo que el Botànic, diferente suerte judicial

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La comisión política de la gestión de los bonos de consumo de la Diputación de Alicante dio carpetazo al asunto descartando la existencia de irregularidades, mientras paralelamente se están planteando dudas sobre la disparidad de criterios en la respuesta judicial a un modelo de gestión externalizada dependiendo de quién lo ejecute.
En el año 2024, la Agencia Valenciana Antifraude (AVAF) bajo la influencia todavía del anterior gobierno autonómico de izquierdas y la presidencia de Joan Llinares designada por el Botànic, inició una investigación a Nexo Retail, la sociedad creada por la patronal Facpyme para la gestión de los bonos de comercio a los ayuntamientos.
Esta entidad presidida por el único investigado, Carlos Baño, es el calco de una estructura que fue importada del modelo que ya operaba bajo el mandato del Botànic. La patronal valenciana Confercomerç presidida por Rafael Torres operaba bajo una sociedad limitada, Fer Comerç, SL; de la que el propio Torres es presidente, del mismo modo que la patrona alicantina. De hecho, la Federación Alicantina replicó este modelo para evitar que la Confederación se aprovechara de los beneficios de las actividades que se realizaban en la provincia de Alicante.
Aplicando el mismo modelo, sin embargo, una y otra han corrido distinta suerte judicial. Mientras que el modelo de Fer Comerç en Valencia nunca fue objeto de investigación, la réplica de Nexo Retail en Alicante ha sido judicializada a partir de una denuncia anónima. Las diligencias previas penales abiertas en un Juzgado de Instrucción en Alicante contra Facpyme y su presidente, a instancias de la Fiscalía, se sustentan, esencialmente, en dos premisas que igualmente se cumplen en el caso del mercantil instrumental constituida por Confecomerç: la supuesta imposibilidad de que una asociación constituya una mercantil instrumental y la prohibición de que genere beneficios.
Fuentes jurídicas auguran poco recorrido al proceso penal abierto contra FACPYME. Alegan que el ordenamiento jurídico español no limita la capacidad de una asociación para utilizar sociedades mercantiles para la realización de actividades económicas y citan como precedente cualificado, precisamente, la constitución de la empresa de Confecomerç bajo el mandato del Botànic para la gestión de los bonos de consumo de la Generalitat Valenciana.
Respecto a la obtención de beneficios, la Ley Orgánica 1/2002 reguladora del Derecho de Asociación no prohíbe la actividad económica ni la generación de resultados positivos. Sí limita, en cambio, el destino de esos fondos, estipulando que deben reinvertirse obligatoriamente en los fines sociales de la asociación. Un extremo que no presenta evidencia alguna en el caso de la gestión realizada por Facpyme, cuyos miembros no perciben remuneración ni beneficio privado alguno derivado de esta operativa. Facpyme, dicen, no era la receptora de unas subvenciones que tenían a los ayuntamientos y consumidores como beneficiados, sino una mera entidad colaboradora.
Los ayuntamientos tenían libertad de escoger proveedor y lo hacían mediante convenio previo, con presupuesto y posterior control de ejecución, sometido pues a todas las garantías de legalidad. Pero lo que más sorprende es que nadie haya investigado el caso de la empresa Fer Comerc de la que es presidente Rafel Torres, a su vez presidente de Confecomerç – de hecho, el primer presidente de la Confederación que se puso sueldo-. Todo ello, dicen, arrojan una sospecha de uso político de la Fiscalía Anticorrupción, que en Alicante acumula sonoros fracasos.