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Un informe jurídico considera que Carlos Baño no presidía la Cámara de Alicante de forma irregular

Un dictamen jurídico concluye que la extinción de la empresa a la que representaba no supone automáticamente su salida del Pleno ni de la Presidencia, desmontando así la tesis que cuestionaba la legalidad de sus decisiones en los últimos años

El presidente de la Cámara de Comercio de Alicante, Carlos Baño, durante la presentación de las empresas.ROBERTO PLAZA

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El presidente de la Cámara de Comercio de Alicante, Carlos Baño, se ha vuelto a ver inmerso en un polémica tras una serie de informaciones en las que se ponían en duda su situación dentro de la institución tras la desaparición de la sociedad por la que accedió al cargo, Plasticart Hispánica SL —extinguida en noviembre de 2023— tras un proceso de fusión empresarial.. Sin embargo, un dictamen jurídico fechado el pasado 24 de abril, al que ha tenido acceso este diario, concluye que la extinción de la empresa a la que representaba no supone automáticamente su salida del Pleno ni de la Presidencia, desmontando así la tesis que cuestionaba la legalidad de sus decisiones en los últimos años.

El documento es contundente en uno de los puntos más sensibles: la pérdida del cargo no se produce de forma automática. Aunque la normativa establece que la extinción de la empresa representada puede ser causa de cese, el dictamen subraya que de acuerdo con el artículo 31.4 del Decreto 126/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana y de su Consejo, requiere para ello la adopción de un acuerdo formal del Pleno, adoptado tras un procedimiento con audiencia del interesado, en el que hubiera cabida siempre posibilidad de subsanar la situación de no conformidad. Esta interpretación, dice el documento, es la más coherente con la jurisprudencia y está en línea con la normativa estatal (artículos 9 y 10 del Real Decreto 669/2015).

Es decir, sin ese trámite previo, no hay pérdida efectiva del cargo. Este matiz jurídico es fundamental, ya que desmonta el argumento de que Baño dejó de ser presidente en el mismo momento en que desapareció la empresa que representaba, afectando a la validez de los actos y decisiones adoptados

El informe también pone el foco en la naturaleza de la operación empresarial: una fusión por absorción. En este caso, la empresa original fue integrada en otra sociedad —también vinculada al propio Baño—, lo que implica una sucesión universal de derechos y obligaciones. Según el dictamen, esto significa que la desaparición formal de la sociedad no supone, en la práctica, una ruptura de la base que justificó su elección, por lo que debe prevalecer su condición de cargo electo democráticamente.

Los actos como presidente siguen siendo válidos

Otro de los puntos más relevantes del informe es su impacto sobre las decisiones adoptadas por la Cámara. Frente a quienes sostenían que podían ser nulas, el dictamen lo descarta de forma clara: los actos administrativos gozan de presunción de validez y no se da ningún supuesto de nulidad de pleno derecho o anulabilidad. En todo caso, cualquier irregularidad sería subsanable y no invalidante, incluso, en el hipotético caso de que se acordara su cese en el futuro, este tendría efectos solo hacia adelante, sin afectar a lo ya aprobado.

Contactados por este medio, miembros del Pleno de la Cámara han expresado en privado su malestar por la responsabilidad institucional de la Secretaría General, que tenía la función de revisión anual del censo, en su condición de asesor legal del Comité Ejecutivo. Esto hubiera permitido detectar y resolver la situación, al tratarse de un cambio inscrito públicamente.

El documento introduce además un argumento de fondo: el principio de proporcionalidad. Considera que forzar el cese automático en este contexto —donde la actividad y el control empresarial siguen intactos— sería una medida excesiva y desproporcionada, existiendo alternativas menos gravosas como la actualización formal de la representación.

Por último, el dictamen resume que no existe cese automático del presidente, su representación empresarial siguió vigente tras la fusión, todas las decisiones del Comité Ejecutivo son legales y eficaces y cualquier irregularidad puede corregirse sin consecuencias drásticas.

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Este análisis jurídico supone un respaldo relevante para la continuidad de Carlos Baño al frente de la Cámara de Comercio de Alicante, en medio de una controversia que ahora queda, al menos jurídicamente, muy matizada.