invasión de competencias
Varapalo a PSPV y Compromís de Torrent: su moción sobre la cuestión de confianza "carece de valor jurídico"
El informe del secretario general del pleno dictamina que el planteamiento de la confianza es "una competencia exclusiva del alcalde a iniciativa propia y no a propuesta de los grupos políticos ni siquiera del órgano plenario".
Pleno en el Ayuntamiento de Torrent
El informe redactado por el Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Torrent, José Eduardo Llavata, ha declarado que es “competencia exclusiva” de la alcaldesa, Amparo Folgado, someterse a una cuestión de confianza. El funcionario dictamina que “carece de valor jurídico” la moción presentada conjuntamente por los grupos PSPV y Compromís. En ella instaban a Folgado a plantear una cuestión de confianza vinculada a la aprobación del Presupuesto Municipal.
El documento, de cuatro hojas, fue difundido la noche de este jueves. Llavata dictamina en él que la presentación de una cuestión de confianza es "una competencia exclusiva del alcalde ejercida a iniciativa propia y no a propuesta de los grupos políticos ni siquiera del órgano plenario". Añade además que “la valoración o no de la presentación de la cuestión de confianza corresponde exclusivamente a la alcaldía”.
El Secretario General del pleno sostiene que, dado el contenido del escrito, los grupos de la oposición deberían haber canalizado su petición a través de un ruego, pregunta o interpelación, ya que estos son los instrumentos legales destinados al control y fiscalización del gobierno. Una moción, recuerda el informe, “es la formulación de una propuesta de acuerdo”. Los proponentes, al buscar un acuerdo del pleno con una moción para obligar a la alcaldesa a someterse a la confianza, invaden una facultad que solo le corresponde a ella, señala el documento.
Ausencia de "hecho determinante"
Además de la invasión de competencias en que incurre la moción de socialistas y nacionalistas, éstos conectaban directamente la cuestión de confianza a la no aprobación del presupuesto municipal. En este sentido, el informe del secretario del pleno de Torrent es claro: para que pudiera instarse a la cuestión de confianza “falta el hecho determinante”: que se haya procedido a una votación previa y que ésta no haya prosperado.
En este sentido, y dado que Folgado aún no ha presentado el proyecto de Presupuesto para su debate y votación, no existe el "rechazo previo" que exige la ley. Por tanto, no se puede solicitar una cuestión de confianza sobre algo que todavía no ha sido denegado por la corporación.
El secretario del pleno de Torrent advierte que la solicitud de PSPV y Compromís “de someterse a votación como moción” no produciría “ningún efecto jurídico” por “la ausencia de la competencia y del procedimiento totalmente reglado, tanto para la aprobación del presupuesto como para el planteamiento de la cuestión de confianza”.