El error que cuesta toda la baja de maternidad o paternidad, según Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social
Alfonso Muñoz, funcionario experto, explica por qué este error administrativo se repite y qué consecuencias legales implica.

Alfonso Muñoz advierte sobre los errores más comunes al gestionar la baja por nacimiento: “Si trabajas durante las seis semanas obligatorias, pierdes toda la prestación”.
La prestación por nacimiento y cuidado del menor —anteriormente conocida como baja por maternidad o paternidad— incluye un periodo obligatorio que no puede ser ignorado sin consecuencias. Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, lo deja meridianamente claro: "Durante las seis primeras semanas del menor, ni el padre ni la madre pueden trabajar."
Ese periodo, obligatorio y no fraccionable, debe disfrutarse de manera ininterrumpida y a jornada completa, inmediatamente después del parto. Saltarse esa norma (ya sea por desconocimiento, presión laboral o iniciativa propia) implica la extinción automática de toda la prestación, incluso si todavía quedan semanas reconocidas por disfrutar.
"Ojo, si comienzas a trabajar durante las seis primeras semanas, que sepas que se te extingue toda tu prestación", advierte el funcionario en uno de sus vídeos más compartidos.
Son 16 semanas de prestación por progenitor, de las cuales las primeras seis están blindadas por ley. Volver antes al trabajo, aunque sea solo unas horas o a tiempo parcial, se considera reincorporación voluntaria y rompe el derecho completo.
No es una ayuda: es un derecho condicionado
"Esto no se trata de una ayuda o una subvención por el hecho de haber nacido un hijo", subraya Muñoz. "Es una prestación o un descanso laboral cuya finalidad es que ambos padres puedan cuidar de sus hijos en los primeros meses de vida."
Este enfoque jurídico implica que el incumplimiento del periodo obligatorio no solo recorta el permiso: lo anula. "La ley es clara: si no haces uso del periodo obligatorio, tampoco podrás disfrutar del periodo voluntario", explica el funcionario.
Y ese desconocimiento ya ha dejado casos reales de progenitores que, tras reincorporarse al trabajo por decisión propia o por mal asesoramiento, han perdido semanas e incluso la totalidad de su prestación.
¿Qué ocurre con las diez semanas restantes?
La normativa actual permite que las diez semanas restantes de la prestación se distribuyan con más flexibilidad: a jornada completa o parcial, de forma continua o interrumpida, siempre por semanas completas y hasta que el menor cumpla un año.
Pero esa segunda parte del permiso solo es accesible si se ha respetado estrictamente el primer bloque obligatorio. "Una vez agotadas las seis semanas, ambos progenitores podrán reincorporarse al trabajo e ir agotando la prestación conforme acuerden con la empresa", matiza Muñoz. Pero esa reincorporación debe producirse, como mínimo, después del cumplimiento de ese primer mes y medio.
Un error común y evitable
El caso que relata Alfonso Muñoz no es aislado. Como funcionario, asegura haber tratado con numerosos padres y madres que cometieron este mismo fallo. Muchos pensaron que podían negociar con la empresa una vuelta parcial, o que bastaba con "dejar en pausa" el permiso. El resultado fue el mismo: la Seguridad Social anuló toda la prestación.
"No es una cuestión de interpretación o de buena voluntad. Es una norma legal muy concreta que está diseñada para garantizar el cuidado del menor", concluye.