| 26 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Noelia Posse, alcaldesa socialista de Móstoles, en un mitin junto a Juan Lobato.
Noelia Posse, alcaldesa socialista de Móstoles, en un mitin junto a Juan Lobato.

La Justicia tumba sus maniobras y procesa a la alcaldesa socialista de Móstoles

Mazazo judicial al PSOE en plena campaña. La Audiencia Provincial liquida la estrategia dilatoria de Noelia Posse y da luz verde a su enjuiciamiento por el "escándalo ITV"

| Javier Ruiz de Vergara España

Varapalo judicial al PSOE y a su candidato a la Comunidad de Madrid y secretario general del partido, Juan Lobato. La Audiencia Provincial de Madrid ha reafirmado en una nueva resolución la orden al juez de Instrucción para que procese a la alcaldesa de Móstoles, Noelia Posse, por el denominado caso ITV en relación a la condonación de una deuda a la empresa concesionaria de dos millones de euros.

Así consta en un auto, en el que los magistrados rechazan la solicitud de aclaración y complemento del auto por el que se ordenó el procesamiento de Posse y de otros siete ediles de la Junta de Gobierno socialista en la ciudad madrileña.

Los magistrados consideraban que no se puede descartar la existencia de indicios de un delito de prevaricación administrativa por condonar una deuda a la empresa concesionaria, lo que a su juicio supuso un "obvio" perjuicio a las arcas del Ayuntamiento de Móstoles.

Esta resolución acordó revocar el auto dictado en marzo de 2022 por el Juzgado de Instrucción número 1 de Móstoles y ordenaba al juez que acordara la transformación de la causa en procedimiento abreviado.

La Sala argumentó que era "innegable" el hecho relativo a que la decisión de la Junta de Gobierno de no optar por la resolución del contrato ante el incumplimiento de las obligaciones, suponga "la comisión de un delito de prevaricación administrativa".

En el escrito, la defensa de la alcaldesa reclamó, que "se aclare y complemente" dicho auto, resolviendo las cuestiones planteadas en relación a "la inexistencia del delito de prevaricación por resultar razonable la interpretación de las normas" por parte de sus mandantes y "no concurrir los elementos objetivos ni subjetivos del tipo delictivo".

Mazazo argumental a la defensa de Posse

Ante ello, los magistrados exponen que la solicitud de la alcaldesa se excede en la pretensión planteada de lo que propiamente es el complemento de la resolución, tal como viene recogida en la ley y jurisprudencia que la desarrolla.

"El auto cuya complemento se solicita contiene la motivación que se estimó suficiente en relación con la resolución recurrida y objeto del recurso, esto es, las pretensiones que los apelantes hicieron valer por vía del recurso de apelación", señala la Sala.

Por tanto, afirman los magistrados que "no cabe por la vía de la aclaración y complemento que interesa la parte, integrar el auto resolutoria del recurso de apelación, con cuestiones que
excederían de lo que es propiamente una aclaración de un concepto".

Así, subrayan que "pretende la parte con la solicitud presentada una resolución de fondo sobre los hechos objeto de la instrucción en relación al citado delito.

"En definitiva, una nueva revisión de lo que fue el objeto de apelación que conlleve el cambio de sentido del auto dictado en fecha 10 de febrero de 2023", concluye por lo que entienden que "no procede complemento, ni aclaración".