ratifica las penas para otros tres

El TSJ de Galicia absuelve al condenado como cómplice en el crimen de Samuel Luiz

Tanto Fiscalía, como acusación particular, en representación de la familia de la víctima, y la popular, el colectivo LGTBI Alas Coruña, pidieron la ratificación de todas las condenas.

Samuel Loiz.europa press

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha absuelto al joven condenado a diez años de cárcel como cómplice del asesinato de Samuel Luiz, Alejandro Mínguez,  y ratifica las penas de entre 20 y 24 años para los otros tres: Diego Montaña, Alejandro Freire y Kaio Amaral.

Así lo ha informado el alto tribunal gallego tras la vista de apelación celebrada en el mismo después de los recursos presentados por las defensas y en las que tanto Fiscalía, como acusación particular, en representación de la familia de la víctima, y la popular, el colectivo LGTBI Alas Coruña, pidieron la ratificación de todas las condenas.

En el caso de Alejandro Mínguez, y tras la condena por parte de la Audiencia Provincial de A Coruña en base al veredicto del Tribunal del Jurado, que absolvió a la única chica juzgada por el crimen de Samuel en la madrugada del 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo coruñés, la Sala de lo Civil y Penal estima el recurso de su defensa por considerar que no hay pruebas de que participase en la agresión y que hubo vulneración de la presunción de inocencia.

Por el contrario, confirma la pena de 24 años de cárcel impuesta a Diego Montaña, pues en su caso concurre la agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, fue, además, el que inició la agresión según se consideró probado; de 20 años y medio de cárcel a Kaio Amaral, también autor de un delito de robo con violencia por sustraerle el móvil a la víctima; y de 20 años de prisión a Alejandro Freire, rechazando atenuantes planteadas por su defensa.

La condena

En noviembre de 2024 el jurado de nueve personas declaró culpables a tres de los acusados, cómplice a un cuarto y ha absuelto a la única mujer acusada. El jurado popular ha descarto el ensañamiento. Algo que ha llamado la atención ya que la Fiscalía en su exposición habló de «cacería brutal» y de «inhuma» a la hora de referirse a la actitud de los acusados con respecto a Samuel.

Juicio de Samuel Loiz.europa press

Según el Jurado Popular Diego Montaña es culpable de asesinato con alevosía al haber empezado él la pelea. Según el veredicto fue Montaña que desató su agresividad por «la condición sexual que le atribuyó» a la víctima. Para él se incluye el agravante de homofobia. También fueron culpables de asesinato con alevosía Alejandro Freire y Kaio Amaral Silva. Este último también es culpable de un delito de robo con fuerza ya que fue él quien se encargó de sustraer el móvil de la víctima.

Por su parte, el jurado consideró probado que Alejandro Mínguez sólo participó como cómplice. Por su parte, Katy Silva, la otra acusa para la que se solicitaba el agravante de odio por condición sexual. Aunque no la consideran culpable si que consideran que su papel fue importante a la hora de evitar el socorro para Samuel.

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El jurado ha sido el de la deliberación más larga de la historia de Galicia: seis días (más de 100 horas de deliberaciones) para responder a más de 100 preguntas en un asunto que ya la propia presidenta del tribunal destacó por «complejidad». Han superado así la marca del juicio por el mediático Caso Asunta con sus cuatro días de deliberación para el Jurado Popular.