caso errejón
El juez sienta a Errejón en el banquillo por la denuncia de agresión sexual y le impone una fianza de 30.000 euros
La justicia ha dado un paso decisivo en uno de los casos más incómodos para la izquierda política española. El Juzgado de Instrucción ha abierto juicio oral contra Íñigo Errejón, exdiputado y antiguo portavoz parlamentario de Sumar, por la presunta agresión sexual a la actriz Elisa Mouliaá, unos hechos que se remontan a finales de octubre de 2021.
(Foto de ARCHIVO) Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón, en imagen de archivo Europa Press Reportajes / Europa Press 02/4/2025
El instructor del caso, el juez Adolfo Carretero, ha citado a Errejón el próximo 15 de enero a las 9.30 horas para notificarle formalmente la apertura de juicio oral y le ha dado un solo día para consignar una fianza de 30.000 euros, destinada a garantizar las posibles responsabilidades civiles que pudieran imponérsele.
La decisión judicial llega tras trece meses de investigación en los que el magistrado ha tomado declaración al propio Errejón, a la denunciante, a testigos y a peritos psiquiátricos, además de analizar conversaciones privadas intercambiadas entre ambos en fechas próximas a la presunta agresión.
Un relato “coherente” frente a la versión del político
Según el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez considera que los indicios existen y que no han sido “totalmente desvirtuados” por la versión del exdirigente de Sumar. En ausencia de testigos presenciales, Carretero subraya que el principal elemento probatorio es la declaración de Mouliaá, a la que concede credibilidad tras un análisis exhaustivo.
El magistrado descarta cualquier móvil espurio en la actriz, señalando que no existía “enemistad, odio o ánimo de venganza” contra Errejón, y recalca que su testimonio resulta “coherente en lo esencial”, incluso pese a las lagunas iniciales que, según el juez, quedaron aclaradas durante el interrogatorio.
La denunciante sostiene que los hechos ocurrieron tras la presentación de un libro del propio Errejón. Después del acto, ambos habrían ido a tomar algo y, más tarde, a una fiesta en casa de un amigo de ella, a la que el político fue invitado “por educación”. Es en ese contexto donde se sitúa la agresión denunciada.
El bloqueo, el poder y el silencio
Uno de los puntos clave del auto es la explicación judicial a la falta de una reacción inmediata por parte de la actriz. El juez considera “explicable” su comportamiento por un bloqueo emocional, el consumo de alcohol, la medicación que tomaba y, especialmente, por la posición de poder que ocupaba Errejón en ese momento como figura política de primer nivel.
Carretero llega incluso a recordar que Errejón dimitió posteriormente por conductas inapropiadas con mujeres, un dato que incorpora al análisis, aunque el exdiputado haya negado cualquier relación entre aquella dimisión y el episodio denunciado por Mouliaá.
Tampoco invalida la denuncia el retraso en su presentación. El juez recuerda la doctrina del Tribunal Supremo: denunciar tarde puede ser un factor a valorar, pero no convierte una denuncia en falsa. En la misma línea, resta importancia a que la actriz comentara a una testigo que dudaba de si los hechos eran delito, subrayando que no corresponde a la víctima calificar jurídicamente lo sucedido.
Un golpe político en plena crisis de credibilidad
La apertura de juicio oral coloca a Íñigo Errejón en una situación judicial y política extremadamente delicada. Quien durante años se presentó como adalid del feminismo y de la “nueva política” deberá ahora sentarse en el banquillo acusado de uno de los delitos más graves del Código Penal, en un momento en el que la izquierda atraviesa una profunda crisis de credibilidad y liderazgo.
La justicia ya ha hablado: ahora será un tribunal quien decida si el discurso y la conducta del exdirigente eran, o no, compatibles.