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Caso Ábalos

Un pulso por 57.200 euros: Ábalos pelea su indemnización por dejar el escaño y pone rumbo al Tribunal Constitucional

El recurso cuestiona el informe jurídico que frenó el pago y defiende que la suspensión no puede borrar derechos económicos ya consolidados.

 El exministro de Transportes José Luis Ábalos a su salida del Tribunal Supremo, a 15 de octubre de 2025, en Madrid (España). 

 El exministro de Transportes José Luis Ábalos a su salida del Tribunal Supremo, a 15 de octubre de 2025, en Madrid (España). Diego Radames

Patricia Rodríguez Corchado

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El exministro socialista y exdiputado José Luis Ábalos ha presentado un recurso ante la Mesa del Congreso para que reconsidere su decisión de negarle la indemnización por cese tras dejar el escaño. En su escrito, sostiene que existe una “flagrante vulneración” de sus derechos pasivos como parlamentario y advierte de que, si la Cámara mantiene su postura, podría recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional.

La Mesa del Congreso rechazó por unanimidad el pasado 10 de febrero la solicitud de Ábalos, apoyándose en un informe de los servicios jurídicos. Según ese documento, cuando el exdiputado pidió la prestación ya se encontraba suspendido de sus derechos parlamentarios tras ingresar en prisión preventiva por su presunta implicación en la trama de las mascarillas. Además, los letrados subrayaron que la indemnización sería incompatible con la pensión de jubilación a la que Ábalos anunció que iba a acogerse.

Una indemnización de más de 57.000 euros

La indemnización por cese —una prestación similar al desempleo— está prevista para los diputados que abandonan el Congreso y puede cobrarse siempre que no dispongan de otros ingresos públicos o privados. Su cuantía equivale a una mensualidad de la asignación constitucional por cada año de mandato parlamentario.

En el caso de Ábalos, que fue diputado de forma ininterrumpida desde abril de 2009, la cantidad podría haber ascendido a unos 57.200 euros.

El informe jurídico que justificó el “no”

El informe jurídico que sustentó la negativa del Congreso argumentó que la renuncia al escaño no puede suponer “la recuperación de derechos que no existían con anterioridad” y que conceder la prestación resultaría “contrario a la finalidad” del Reglamento de Pensiones Parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los exparlamentarios. La decisión fue adoptada por unanimidad en la Mesa, el órgano rector de la Cámara Baja.

Ábalos cuestiona el alcance de la suspensión

En su recurso, Ábalos sostiene que las “apreciaciones” incluidas en el informe no pueden servir como fundamento suficiente para denegar la prestación. Recuerda que el artículo 21 del Reglamento contempla la suspensión de derechos cuando un diputado se encuentra en prisión preventiva o procesado por auto firme, pero insiste en que esa suspensión debe interpretarse de forma estricta.

Según defiende, la finalidad inmediata de esa previsión es impedir que el parlamentario ejerza efectivamente su función mientras se encuentra en esa situación, “sin que ello suponga por sí mismo la pérdida de otros derechos”.

Derechos funcionales frente a derechos económicos

El exministro sostiene que la suspensión debería afectar a derechos “estrictamente funcionales”, como la asistencia y el voto en el Pleno, la participación en comisiones y determinadas prerrogativas del estatuto parlamentario.

En cuanto a los derechos económicos, considera que la suspensión no puede alcanzar a la totalidad de la percepción, sino únicamente a la parte vinculada a la asistencia al Congreso. También señala que no debería afectar a las cotizaciones a la Seguridad Social.

La vía del Constitucional, en el horizonte

Ábalos añade que, si la suspensión se dejara sin efecto por una eventual absolución firme o por el levantamiento de medidas cautelares, procedería el reintegro de las cantidades no percibidas, incluso con intereses.

El exdiputado concluye que, en ningún caso, la suspensión puede implicar la pérdida de derechos pasivos ya consolidados. La Mesa del Congreso deberá decidir ahora si mantiene su negativa o revisa la decisión, un paso que podría determinar si el caso termina en el Tribunal Constitucional.

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