Pulso judicial
Errejón recurre: busca que la primera renuncia de Mouliaá cierre el caso
La defensa insiste en archivar la causa mientras fuentes del bufete de Mouliaá explican a Esdiario que "hay que esperar a lo que diga el juez" y que mantendrán la acusación

Elisa Mouliáa e Íñigo Errejón
El recurso se produce tras varias resoluciones adoptadas en las últimas semanas por el juzgado instructor en relación con la retirada de la acusación particular por parte de la denunciante.
El 4 de febrero de 2026, Elisa Mouliaá registró un escrito en el que comunicaba su desistimiento “total, libre, consciente e irrevocable” de la acusación particular. En ese mismo documento solicitaba el archivo del procedimiento en lo relativo a su participación, aludiendo a motivos personales, de salud y al desgaste provocado por la exposición mediática del caso.
No obstante, el magistrado instructor consideró que dicho escrito carecía de validez procesal al no estar firmado por abogado y procurador, por lo que requirió a la denunciante que subsanara ese defecto formal.
Días después, Mouliaá compareció ante el juzgado y manifestó que no ratificaba el contenido de ese escrito, indicando que había sido redactado en un contexto de ansiedad y confirmando su intención de continuar en el procedimiento como acusación particular.
A la vista de esta situación, el juzgado dictó un auto el 12 de febrero de 2026 en el que acordó no tener por válida la renuncia presentada, mantener a la denunciante personada en la causa y continuar con la tramitación del proceso, incluyendo la notificación de la apertura de juicio oral.
La defensa de Errejón presentó posteriormente un recurso de reforma ante el propio juzgado, que fue desestimado el 5 de marzo, lo que ha dado lugar al actual recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
El alcance legal de la renuncia
En su escrito de apelación, la defensa sostiene que la renuncia a la acción penal es un acto de carácter personal que despliega efectos desde el momento en que se formaliza, sin que sea imprescindible la firma de abogado y procurador para su validez.
El recurso, de 33 páginas, cita distintos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, entre ellos los artículos 106, 107 y 109, que regulan la renuncia del ofendido a las acciones penales y civiles. Asimismo, invoca el principio de los actos propios, al considerar que no debería admitirse una conducta posterior que contradiga una decisión previa expresada de forma clara.
Por su parte, la resolución del juzgado se apoya en la falta de cumplimiento de los requisitos formales del escrito inicial y en la posterior comparecencia de la denunciante, en la que manifestó su voluntad de continuar en el procedimiento.
El recurso también aborda las consecuencias que tendría una eventual validez de la renuncia en la continuidad de la causa. En este sentido, la defensa señala que el Ministerio Fiscal habría interesado el sobreseimiento, por lo que la ausencia de acusación particular podría afectar al impulso del proceso, especialmente al tratarse de un delito de naturaleza semipública.
En paralelo, fuentes del bufete de abogados de Mouliaá explican a Esdiario que, por el momento, “hay que esperar a lo que diga el juez” y que la intención es mantener la acusación en el procedimiento.
Además, el escrito de la defensa incorpora referencias a manifestaciones públicas realizadas por la denunciante en redes sociales y medios de comunicación, en las que habría expresado su intención de retirarse del proceso, como parte de los argumentos para sostener la validez de la renuncia inicial.
La Audiencia Provincial de Madrid deberá resolver ahora el recurso de apelación y determinar si confirma la decisión del juzgado instructor o si, por el contrario, considera eficaz la renuncia presentada el 4 de febrero. Su resolución será determinante para fijar si el procedimiento continúa o si procede su archivo.