Las rejas no se abren para Koldo: el Supremo rechaza otra vez su salida de prisión
El alto tribunal rechaza una nueva petición de excarcelación del exasesor de José Luis Ábalos al considerar que persiste el riesgo de fuga y que la sentencia del caso mascarillas está próxima a conocerse.

Koldo García, comparece en la Comisión del Senado sobre la investigación de las mascarillas durante el COVID-19.
El Tribunal Supremo ha vuelto a rechazar la puesta en libertad de Koldo García, exasesor del exministro de Transportes José Luis Ábalos, al considerar que siguen existiendo motivos suficientes para mantener la medida de prisión provisional acordada el pasado mes de noviembre. La decisión llega cuando el procedimiento por las presuntas irregularidades en la compra de material sanitario durante la pandemia entra en su fase decisiva, con la sentencia cada vez más cercana.
Los magistrados desestiman el recurso presentado por la defensa de García contra la negativa previa a concederle la libertad tras la celebración del juicio. El exasesor fue juzgado junto a Ábalos y al empresario Víctor de Aldama por su presunta implicación en una trama relacionada con la adjudicación de contratos de mascarillas durante la emergencia sanitaria.
La defensa de Koldo solicitó su excarcelación al término de la vista oral alegando que, una vez concluido el juicio, ya no existían razones para mantenerlo en prisión. Asimismo, denunció un supuesto agravio comparativo con respecto a Aldama, quien permanece en libertad pese a formar parte del mismo procedimiento judicial.
No obstante, el Supremo considera que las circunstancias que justificaron inicialmente la privación de libertad continúan vigentes. Los magistrados recuerdan que tanto el juez instructor como la Sala de Apelaciones ya apreciaron un riesgo de fuga derivado de la gravedad de los hechos investigados y de las elevadas penas que podrían imponerse en caso de condena.
Según recoge la resolución, la proximidad de la sentencia constituye ahora un elemento adicional para mantener la medida cautelar. El tribunal destaca que el fallo definitivo sobre unos hechos que califica de especialmente graves podría conocerse en un plazo relativamente corto, circunstancia que refuerza la necesidad de garantizar la presencia del acusado ante la Justicia.
En relación con la comparación planteada por la defensa entre la situación de Koldo García y la de Víctor de Aldama, los magistrados rechazan que exista un trato desigual. El auto sostiene que ambos encausados han mantenido comportamientos procesales distintos durante la instrucción y el desarrollo de la causa, lo que justifica decisiones diferentes respecto a su situación personal.
Durante el juicio, la defensa del exasesor insistió en que García carecía de capacidad de decisión en los contratos investigados. Su abogada sostuvo que su labor se limitaba a funciones de apoyo y asistencia personal al ministro, negando que tuviera participación directa en la adjudicación de las compras de material sanitario realizadas durante la pandemia.
Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares, encabezadas por el Partido Popular, se opusieron a la petición de libertad al entender que el riesgo de fuga continúa presente. Ambas partes recordaron la gravedad de los delitos atribuidos a los acusados y la importante petición de penas formulada en el procedimiento.
La prisión provisional de Koldo García fue acordada el pasado 27 de noviembre por el magistrado instructor Leopoldo Puente, quien también ordenó el ingreso en prisión de José Luis Ábalos. Entre los argumentos esgrimidos figuraban la solidez de los indicios recabados durante la investigación, la gravedad de los hechos investigados y las penas solicitadas por las acusaciones, que alcanzan hasta los 30 años de cárcel.