El Gobierno fija en más de 17.000 plazas la capacidad de acogida de menores inmigrantes en las autonomías

El Real decreto publicado en el BOE, establece la capacidad ordinaria del sistema autonómico, una cifra de referencia para declarar contingencias migratorias y activar posibles redistribuciones.

Pedro Sánchez y Sira Rego

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El Gobierno ha fijado en 17.081 plazas la capacidad ordinaria conjunta de los sistemas autonómicos de protección y tutela de menores extranjeros no acompañados. La cifra aparece recogida en el Real Decreto 556/2026, publicado este viernes, 3 de julio, en el Boletín Oficial del Estado.

El Ejecutivo establece ese número como la capacidad de referencia del conjunto del sistema, que servirá para determinar cuándo un territorio se encuentra ante una situación de contingencia migratoria extraordinaria y para activar, cuando proceda, los mecanismos de redistribución.

El reparto sitúa a Andalucía como la comunidad con mayor capacidad ordinaria, con 3.009 plazas, seguida de Cataluña, con 2.829, y la Comunidad de Madrid, con 2.471.

A continuación se encuentran la Comunidad Valenciana, con 1.903 plazas; Galicia, con 940; Castilla y León, con 833; Canarias, con 783; País Vasco, con 776, y Castilla-La Mancha, con 742.

El decreto fija además 553 plazas para Murcia, 476 para Aragón, 434 para Baleares, 364 para Extremadura, 352 para Asturias, 237 para Navarra, 206 para Cantabria y 114 para La Rioja. En el caso de las ciudades autónomas, la capacidad establecida es de 29 menores en Ceuta y 30 en Melilla.

Un reparto aprobado sin acuerdo unánime

El propio texto reconoce que esta fórmula se aplica ante la falta de un acuerdo unánime en la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia.

En ausencia de ese consenso, la capacidad ordinaria de cada territorio se ha calculado tomando como referencia su población a 31 de diciembre de 2025 y el número máximo de menores extranjeros no acompañados atendidos por el conjunto del sistema español de protección.

El Gobierno utiliza así un criterio principalmente poblacional para establecer la capacidad atribuida a cada comunidad, aunque la norma no implica por sí sola que todas esas plazas deban cubrirse ni que los traslados se produzcan de manera automática.

La medida desarrolla el sistema aprobado en 2025 para responder a situaciones de presión migratoria extraordinaria, especialmente en aquellos territorios cuya red de protección se encuentra muy por encima de su capacidad ordinaria.

El triple de la capacidad marcará la contingencia

El decreto establece que las declaraciones de contingencia migratoria extraordinaria aprobadas anteriormente seguirán produciendo efectos mientras el territorio afectado atienda a un número de menores superior a tres veces la nueva capacidad ordinaria.

Ese umbral es el que permitirá mantener activos los mecanismos extraordinarios y las posibles redistribuciones hacia otras comunidades autónomas. Por tanto, las cifras publicadas en el BOE funcionarán como base para calcular cuándo un territorio está desbordado y qué capacidad corresponde al resto del sistema.

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La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 29 de junio, a propuesta del Ministerio de Juventud e Infancia, dirigido por Sira Rego. El real decreto comenzará a producir efectos este sábado, 4 de julio, un día después de su publicación en el BOE.