Pedraz cierra la puerta a Leire Díez y mantiene viva la causa sobre las maniobras contra investigaciones del PSOE
El juez inadmite la nulidad solicitada por la exmilitante socialista al considerarla fuera de plazo y rechaza vetar el acceso a sus dispositivos incautados
La fontanera socialista Leire Díez
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado el intento de Leire Díez de anular la causa en la que está investigada por presuntas actuaciones para desestabilizar procedimientos judiciales con impacto en el PSOE o en el Gobierno. El magistrado ha inadmitido a trámite el incidente de nulidad presentado por la defensa de la exmilitante socialista, en una resolución dictada este lunes contra la que no cabe recurso.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 considera que la petición fue presentada fuera de plazo y que, además, contraviene la buena fe procesal. Pedraz entiende que el incidente de nulidad no puede utilizarse como una vía para revisar cuestiones ya resueltas durante la instrucción, en línea con la posición mantenida por la Fiscalía Anticorrupción.
La defensa de Leire Díez pretendía tumbar la causa alegando que su detención, practicada el pasado 10 de diciembre, fue desproporcionada y vulneró sus derechos fundamentales. También sostenía que hubo falta de motivación y de autorización judicial en determinadas actuaciones policiales y judiciales.
Con ese planteamiento, la exmilitante socialista buscaba anular la información obtenida de los objetos, dispositivos electrónicos, teléfonos móviles y demás efectos que le fueron incautados, así como todas las actuaciones procesales, diligencias y resoluciones judiciales derivadas de esa intervención.
Pedraz rechaza reabrir una cuestión no recurrida en su momento
El juez descarta esa pretensión al señalar que la defensa no planteó la supuesta vulneración cuando se produjo la detención ni utilizó entonces los cauces procesales previstos para impugnarla. En concreto, Pedraz recuerda que no se recurrió al procedimiento de habeas corpus ni se formuló recurso o alegación en el momento procesal oportuno.
El magistrado recalca que la detención no fue discutida hasta ahora, cuando la defensa ha reclamado la nulidad más de seis meses después del arresto. También subraya que ya se han articulado sucesivos recursos con una finalidad similar: impedir el acceso a los dispositivos intervenidos.
En su resolución, Pedraz destaca que esos recursos perseguían el mismo objetivo que el incidente ahora inadmitido, es decir, vetar el acceso a los dispositivos incautados en el marco de la investigación.
Anticorrupción acusó a la defensa de abrir un cauce artificial
La decisión del juez coincide con el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que también pidió rechazar el incidente presentado por Leire Díez. Las fiscales recordaron que el plazo para solicitar la nulidad es de 20 días desde la notificación de la resolución o, en todo caso, desde que se tuvo conocimiento del defecto que supuestamente causó indefensión.
Anticorrupción sostuvo además que en las actuaciones practicadas no se ha producido ninguna lesión de las normas esenciales del procedimiento ni vulneración de derechos fundamentales determinante de indefensión.
La Fiscalía consideró que la exmilitante socialista había abierto un “cauce artificial sin fundamento alguno” después de no haber conseguido vetar el acceso de la Guardia Civil a sus dispositivos.
La defensa de Leire Díez basaba su incidente de nulidad en que la detención se apoyó, a su juicio, en indicios genéricos y no en hechos concretos. También alegaba que no existía riesgo de fuga ni delito flagrante, por lo que consideraba la actuación policial desproporcionada e ilegítima.