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No hay “matices” que valgan: Sánchez incumple la Constitución y Feijóo debe llevarlo al Constitucional

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En muchas ocasiones la Constitución es ambigua y caben “matices” o desarrollos legislativos. Pero en este caso no. Es clara. Clarísima. El punto 3 del artículo 134 no deja lugar a dudas: “El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior”. Blanco y en botella.

El que Pedro Sánchez no haya, tan siquiera, presentado ante la Cámara Baja su proyecto de Presupuestos del 2025 es, sencillamente, ir en contra de la Constitución. Incumplirla. Y huelga decir que un Gobierno no puede pasarse ‘por el Arco del Triunfo’ nuestra Ley Fundamental. Solo faltaría. Máxime en una cuestión tan relevante como esta: la Ley de Presupuestos rige, en suma, el funcionamiento del Estado porque sin partidas presupuestarias -sin dinero- no hay forma de ejecutar las políticas que se pretenden. Se paraliza, por tanto, en buena parte, la acción ejecutiva y legislativa.

Desde el Gobierno, por su parte, se escudan en que hay “matices” como argumento para defender el que no se haya presentado ante el Congreso el proyecto de Presupuestos del 2025. Eso respondió, textualmente, el presidente del Gobierno este martes al periodista de ‘El Español’ Fernando Garea.

Peor todavía, fuentes del Gobierno de España consultadas introducen el punto 4 del artículo 134 de la Constitución como justificación a su no presentación del proyecto de Presupuestos. “Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos”, se lee en tal punto del artículo 134 de nuestra Ley Fundamental.

Claro. Es evidente. La Constitución, como es lógico, no obliga a aprobar el proyecto de Presupuestos. No puede obligar a ello y de no aprobarlos sí apunta a un automatismo: que se prorroguen los anteriores.

Obliga la Ley Fundamental, eso sí, a presentarlos ante el Congreso. Que no nos engañen desde el Gobierno con justificaciones tergiversadas. Pedro Sánchez tiene la obligación constitucional de presentarlos, no de aprobarlos. Y el problema es que ni los ha presentado ni los ha aprobado. Ni una cosa ni la otra.

No se puede permitir que el Gobierno incumpla flagrantemente un artículo de la Constitución porque, es palmario, no quiere evidenciar su debilidad parlamentaria al no conseguir aprobar los Presupuestos en el Congreso. Eso y porque -recordemos- el propio Pedro Sánchez exigió en 2018 a Rajoy la convocatoria de elecciones generales al precisamente no conseguir sacar adelante los Presupuestos Generales del Estado. He aquí la clave del asunto.

Y con todo ello, es una incoherencia injustificable que el Partido Popular, que Feijóo, no lleve a Pedro Sánchez al Tribunal Constitucional al incumplir el artículo 134 de la Constitución. “Es que no creemos en el Tribunal Constitucional”, justifican fuentes de la dirección nacional del PP. No vale como excusa. No se puede dar lecciones todos los días de regeneración democrática, de exigir cordura y de respeto institucional y luego no hacer uso de los mecanismos -y formalismos- lógicos de nuestro Estado de Derecho porque simplemente tienen miedo de que les perjudique a nivel de estrategia que el Constitucional no avale un evidente incumplimiento de Sánchez del artículo 134 de la Constitución.

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