| 19 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Una reunión entre Illa y las autoridades de Castilla y León celebrada en octubre.
Una reunión entre Illa y las autoridades de Castilla y León celebrada en octubre.

El Supremo se inclina por dar la razón al Gobierno contra Castilla y León

El recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la decisión de la Junta presidida por Fernández Mañueco de adelantar el toque de queda a las 20 horas tiene visos de prosperar.

| María Jamardo Tribunales

 

La decisión del Gobierno de Castilla y León de adelantar el toque de queda a las ocho de la tarde ha provocado un cisma judicial entre la autonomía presidida por Alfonso Fernández Mañueco y el Gobierno central.

El Tribunal Supremo se inclina por dar la razón a Pedro Sánchez en el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra el acuerdo adoptado por la Junta castellano y leonesa. En él, los abogados del Estado solicitan la suspensión cautelar de dicho adelanto al entender que incumple el marco normativo del decreto del estado de alarma, todavía activo.

Fuentes del Alto Tribunal consultadas por ESdiario apuntan a que la "foto fija" definida por el decreto de alarma vigente, declarado el pasado 25 de octubre, impediría a las autonomías "limitar por exceso o por defecto y por su cuenta y riesgo" los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, ya restringidos por el Ejecutivo, para hacer frente a la pandemia del coronavirus.

Sin embargo, las mismas fuentes "matizan" una postura que se adoptará "sin perjuicio" de la "recomendación" de flexibilizar un marco jurídico excepcional "adoptado para una situación concreta" que ha mutado -es "cambiante" día a día- en la que "parece razonable" dejar abierta la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan "modular" según la evolución de sus datos, dicho aspecto.

Para ello debería incorporarse una "cláusula habilitante en un nuevo decreto ley del Gobierno, validado por el Congreso" para permitir a los gobiernos regionales ampliar el límite contemplado en la actualidad.

El Supremo no obviará la importancia del bien jurídico en juego, la salud, y baraja recomendar al Gobierno una revisión del estado de alarma actual

En cualquier caso, el Supremo tardará en resolver, puesto que antes debe recibir y valorar las alegaciones del Gobierno de Fernández Mañueco y éste va a agotar el plazo de diez días que tiene para presentarlas (a contar desde principios de esta semana), como adelantó este periódico.

 

La regulación "más restrictiva" que la Junta de Castilla y León ha decidido aplicar tras el "terrible" crecimiento de los datos de contagiados por coronavirus en la Comunidad -en palabras de su vicepresidente, Francisco Igea- tendrá que ser "en todo caso" un escenario "legal común", aunque ello no signifique un desarrollo "idéntico", para todas las regiones, concluyen los expertos.

Depende de Moncloa

No en vano, la Constitución atribuye al Gobierno central en exclusiva, con el preceptivo respaldo parlamentario, la potestad de afectar derechos y libertades esenciales de los ciudadanos, en causas estrictamente justificadas y tasadas, como la salud pública.

Algo que no hace extensible a otras circunscripciones administrativas del Estado, aunque el Gobierno de Sánchez haya defendido la discrecionalidad de las autonomías en materia sanitaria durante la segunda y tercera olas de la pandemia del COVID-19, algo que jurídicamente no es posible si el Ejecutivo se niega a autorizar las decisiones concretas de cada una de ellas en materia de libertad de movimientos, por ejemplo.