| 20 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Sánchez al comienzo del Consejo de Ministros.
Sánchez al comienzo del Consejo de Ministros.

Varios juristas avisan de la trampa: "Este indulto general es un fraude de ley"

"La justificación de los indultos por razones de utilidad pública sólo tiene una base de sustento: la voluntad de Sánchez", según el catedrático de Derecho Constitucional Carlos Flores.

| María Jamardo Tribunales

 

"La Constitución prohíbe los indultos generales y esto es un indulto general en fraude de ley", así de categórico responde a ESdiario el catedrático valenciano de Derecho Constitucional Carlos Flores sobre la medida de gracia aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez. Aunque se simule que el indulto es individual para cada caso: "Indultan a todos los encausados y a nadie más, el mismo día, a todos juntos y por las mismas razones", añade Flores.

El análisis no es menor dado que se avecinan varios recursos ante la Sección Quinta de la Sala Tercera del Supremo en los que al menos Vox, como acusación particular personada en la causa, y el PP han anunciado que pedirán a los magistrados la anulación de los indultos concedidos a los sediciosos, previo acuerdo del Consejo de Ministros celebrado este miércoles.

Fuentes próximas al Alto Tribunal apuntan a este diario que la viabilidad de dichas peticiones "dependerá del contenido final de los decretos de indulto". "La clave estará, superado el problema de la legitimación, en si el tribunal puede o no entrar a fiscalizar la motivación por causa de utilidad pública", apostillan las mismas fuentes. La trascendencia sobre la polémica medida de gracia hará recaer la decisión sobre el Pleno de la Sala Tercera.

No en vano, los magistrados tendrán que analizar varias cuestiones previas a entrar en el fondo del asunto: si Vox y el Partido Popular pueden pedir la nulidad del decreto del Ejecutivo -una vez ratificado por el Rey Felipe VI y publicado en el BOE- si procede acordar las medidas cautelarísimas, para evitar la entrada en vigor del mismo, o si corresponde adoptar medidas cautelares que suspenderían las excarcelaciones hasta que el Supremo se pronuncie.

 

"Hay algo que late en el fondo de este asunto y es que no se puede perdonar a quien no quiere ser perdonado, y ninguno de los líderes políticos del 'procés' ha solicitado el indulto para sí mismo", señala a este periódico el ex magistrado del Supremo Antonio Salas Carceller. "Porque se confirma que quien recibe el perdón no es consciente de que ha delinquido, por mucho que insistan en que el arrepentimiento no es un requisito".

"La voluntad de Sánchez"

Algo en lo que coincide el catedrático Carlos Flores: "No hay una sola declaración formal de una sola institución autonómica catalana de un solo partido político independentista, de un solo Ayuntamiento o Diputación que afirme que la concesión de los indultos contribuirá a la concordia, ni mucho menos les hará desistir de su propósito", añade. Además, Flores sostiene que "la justificación de los indultos por razones de utilidad pública sólo tiene una base de sustento: la voluntad de Sánchez. Y, eso, no es una base sólida ni, mucho menos, jurídicamente relevante".

Antonio Salas Carceller.

 

"Cuestión diferente",  apostilla Salas Carceller, "es que los indultos puedan estar condicionados a que no se vuelva a hacer lo mismo. Como medida de gracia que conmuta las penas surte efectos plenos y, en caso de que reincidan, habría que volver a juzgarles por los nuevos hechos".

En vista de la vía abierta por el Gobierno, Salas considera que "tipificar seriamente la desobediencia clara y flagrante al Tribunal Constitucional" que en su día prohibió el referéndum ilegal del 1-O -en contra de la propuesta de Podemos que ha sugerido sancionarla sólo con multa económica- "sería una forma de prevenir los delitos contra el Estado y el orden público".

El ex magistrado no descarta, sin embargo, "que es posible que durante las deliberaciones de la Sala Tercera del Supremo se materialice una modificación de los tipos penales de estos delitos, como la sedición. En cuyo caso, como el Derecho Penal es siempre a favor del condenado, tendría efectos retroactivos y, por tanto, podría darse el caso de que con las nuevas penas y tras el tiempo en prisión" por los condenados del 'procés' "ya hubiesen cumplido".