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Sánchez pierde la batalla y las elecciones asoman: así hemos vivido una jornada frenética

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⚖️ El juez Villegas pone el foco en la ley de nietos y en la baza electoral que, a su juicio, podría suponer para Pedro Sánchez. 

⚖️ El juez Villegas pone el foco en la ley de nietos y en la baza electoral que, a su juicio, podría suponer para Pedro Sánchez. 

El juez Villegas alerta del "coladero" de la ley de nietos y señala la baza electoral de Sánchez

El magistrado cuestiona en "ES de Ley", en ESdiario TV, la instrucción firmada por Sofía Puente, defiende el freno cautelar del Supremo en el censo exterior y carga contra los ataques del Gobierno a los jueces.

Luis Sordo
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El juez Villegas ha situado a Pedro Sánchez en el centro de su análisis sobre la llamada ley de nietos. En su intervención en "ES de Ley", el programa de los sábados de ESdiario TV, el magistrado advierte de que la interpretación administrativa de la norma "se puede convertir en un coladero" y plantea que la incorporación de nuevos electores residentes en el extranjero podría beneficiar al PSOE. Para él, detrás de la controversia jurídica hay una cuestión política decisiva: "Quién gana las elecciones o quién no las gana".

Villegas deja temporalmente a un lado Ceuta y Melilla para abordar una polémica en la que distingue dos planos: la reparación a los descendientes de españoles exiliados y los límites que debe respetar la Administración al desarrollar una ley. Su crítica se concentra en el segundo, con una advertencia sobre los efectos que una interpretación que considera ilegal podría tener en el censo electoral.

La instrucción cuestionada

La denominada ley de nietos no es una ley independiente, sino el nombre popular de una vía de acceso a la nacionalidad recogida en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática de 2022. Entre sus supuestos figura el de los descendientes de españoles que perdieron o renunciaron a su nacionalidad como consecuencia del exilio por motivos políticos, ideológicos, de creencia o de orientación e identidad sexual. La disposición incluye, además, otras vías de adquisición. Ley de Memoria Democrática.

El magistrado subraya que su intervención no discute la justicia de reparar aquel exilio. Lo que cuestiona es la instrucción de 25 de octubre de 2022, firmada por Sofía Puente, hermana del ministro Óscar Puente y entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. El texto presume la condición de exiliado de los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, aunque exige acreditar documentalmente esa salida. Instrucción publicada en el BOE.

"Viola la ley"

Ahí sitúa Villegas el núcleo de su reproche. Considera que esa presunción sustituye el examen individual de las razones del exilio y amplía indebidamente el alcance de la ley. "Mi opinión personal, desde luego, es que esta instrucción, este acto administrativo, viola la ley", afirma.

Su argumento se apoya en la jerarquía normativa: un órgano administrativo puede desarrollar y aplicar una norma, pero no contradecirla. El juez encuadra su objeción en el concepto de ultra vires, referido a una actuación que excede las facultades atribuidas.

El riesgo electoral

Villegas respalda la decisión cautelar del Supremo porque entiende que busca evitar consecuencias difíciles de reparar. Para explicarlo, plantea un escenario hipotético: que se celebren elecciones con un censo ampliado mediante la interpretación discutida y que, después, una resolución judicial rechace su fundamento. "Sería una crisis constitucional espantosa", advierte.

El alcance de la medida requiere una precisión: el Supremo no ha anulado la Ley de Memoria Democrática ni ha revocado las nacionalidades concedidas. Su auto suspende determinadas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes y los efectos electorales de otras ya practicadas, con una excepción para quienes acrediten los requisitos de exilio mediante certificación consular sin recurrir a la presunción discutida. El procedimiento parte de la impugnación de un acuerdo de la Junta Electoral Central y la cautelar no es una sentencia definitiva. Auto del Tribunal Supremo, páginas 25 y 26.

La baza electoral

El magistrado sostiene que el trasfondo de la polémica es la posibilidad de que esos nuevos electores favorezcan al PSOE y contribuyan a mantener a Sánchez en el Gobierno. Es la hipótesis política que formula en el programa: la intervención no aporta datos que permitan dar por acreditado el sentido del voto de los beneficiarios.

También apunta a una aparente inversión del debate ideológico. Según su lectura, las posiciones conservadoras suelen vincular la pertenencia nacional al linaje y la cultura, mientras las progresistas tienden a dar más peso a la residencia y a los vínculos efectivos con el territorio. A su juicio, los intereses electorales explicarían que en España ese esquema aparezca alterado.

Contra los ministros

La intervención se endurece al abordar las reacciones de miembros del Gobierno frente a los jueces. Villegas denuncia insultos y descalificaciones que considera fuera de lugar y asegura que algunos han recurrido incluso a expresiones asociadas a los terroristas.

"Al principio nos producía indignación, luego nos daba risa, ahora simplemente nos da pena", afirma. Para el magistrado, esas reacciones refuerzan su interpretación de que el conflicto no se limita a una discrepancia jurídica, sino que tiene como telón de fondo la disputa por el poder.

El factor Pumpido

Villegas cierra con una advertencia sobre una eventual llegada del asunto al Tribunal Constitucional y expresa su desconfianza hacia el desenlace bajo la presidencia de Cándido Conde-Pumpido. "Encontrarán algún camino para que quien decida sea Pumpido", pronostica, antes de interpelar a los espectadores: "¿Tenéis alguna duda de lo que va a salir?".

Su despedida resume ese escepticismo: "Yo creo que este vídeo sencillamente no sirve para nada". Es el cierre de una intervención que combina su objeción jurídica a la instrucción administrativa con una lectura política centrada en Sánchez, el censo exterior y la independencia de los tribunales.

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