El portavoz de Adelante sale indemne de su ataque a la Policía de Sevilla
Se ha archivado la denuncia contra José Ignacio García por un supuesto delito de injurias por sus palabras tras la muerte de un vendedor ambulante senegalés ahogado en el río Guadalquivir.

El portavoz de Adelante Andalucía, José Ignacio García.
El portavoz de la formación Adelante Andalucía, José Ignacio García, ha salido bien parado de la querella que fue interpuesta por la Fiscalía, como consecuencia de la denuncia de los sindicatos policiales de Sevilla por sus palabras tras la muerte de un vendedor ambulante de origen senegalés de 43 años de edad que fallecido ahogado tras saltar al río Guadalquivir cuando trataba de huir de unos agentes de la Policía Local de la capital hispalense.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado inadmitir a trámite y archivar la querella por un presunto delito de injurias a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado por las palabras con las que encuadraba en el "racismo institucional y la violencia policial" la muerte de Mamour Bakhoum.
Andalucía
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Manuela Herreros
En un auto emitido el pasado 6 de mayo y difundido por la Oficina de Comunicación del TSJA, la sala estima lógico el malestar y sentimiento de ofensa que pueden haber provocado las manifestaciones del parlamentario en agentes de la Policía Local, ya que cumplían órdenes para luchar contra la venta ambulante no autorizada en una operación que acabó con la trágica muerte del citado ciudadano de origen senegalés, al que los agentes intentaron rescatar del río.
A pesar de este análisis, el auto entiende que las manifestaciones realizadas por el parlamentario se enmarcan en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, cuyo "control jamás puede rozar consideraciones simplemente éticas, o de estilo, y ni siquiera de verdad o falsedad, pues la libertad de expresión ampara como es de sobre conocido la defensa y difusión de opiniones o valoraciones", aunque "parezcan indefendibles para la mayoría social, incluso si resultan excesivas, desagradables, molestas u ofensivas" para una persona o colectivo, siempre que la finalidad de "zaherir no prevalezca y se anteponga la de expresar una opinión".