La Junta Electoral no sanciona a RTVE tras el rótulo ofensivo contra Juanma Moreno y lo deja en una advertencia
La televisión pública mostró un rótulo en el que se podía leer: "Moreno Bonilla ha perdido la mayoría absoluta. Hace cuatro años tuvo una flor en el culo" mientras retransmitían una comparecencia de Pedro Sánchez.

Inmediaciones de la sede de RTVE con Torrespaña.
Tirón de orejas a RTVE en plena precampaña electoral en Andalucía por emitir durante una intervención del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, un rótulo ofensivo contra el líder de la Junta y candidato del PP-A, Juanma Moreno. Concretamente, la frase que se pudo leer en el programa 'La Hora de la 1' de la cadena pública el pasado 25 de marzo fue: "Moreno Bonilla ha perdido la mayoría absoluta. Hace cuatro años tuvo una flor en el culo".
El polémico rótulo motivó la denuncia del PP al considerarlo "ofensivo" ante la Junta Electoral Central (JEC) que ha intervenido con una advertencia a la Corporación RTVE en la que recuerda que "durante el periodo electoral debe extremarse el respeto a la neutralidad informativa" que exigen la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y la jurisprudencia.
Al respecto de los hechos, según explicaba el PP, el rótulo que apareció no guardaba "relación alguna" con la comparecencia del presidente Sánchez, que se estaba emitiendo en ese momento y que se estaba llevando a cabo en la tribuna del Congreso de los Diputados para "informar sobre la posición del Gobierno de España ante la guerra en Oriente Próximo, así como de la última reunión del Consejo Europeo".
De esta manera, el PP consideraba que dicha actuación del programa de Televisión Española era "contraria a la neutralidad informativa exigida por el artículo 66" de la Loreg, por lo que solicitó a la Junta Electoral Central que TVE rectificara "en el mismo programa en el primer Telediario" que se emitiera "para darle la máxima difusión por la incidencia" que hubiera "podido tener entre los electores andaluces", y que abriera un "expediente sancionador contra TVE por transgredir el principio de neutralidad informativa".
Las alegaciones de RTVE no prosperan
RTVE presentó alegaciones a esa denuncia del PP en las que señalaba que, habiendo realizado "las comprobaciones internas oportunas", se había constatado que "la aparición del referido rótulo obedeció a un error material, puntual y no deliberado, consistente en la permanencia de un rótulo procedente de una emisión anterior, ajeno a la pieza que se estaba ofreciendo en ese momento", por lo que la cadena pública consideraba que "no existió una decisión editorial consciente ni una toma de posición respecto de ningún candidato o formación política".
Además, desde Radio Televisión Española aclararon a la JEC que, "con la finalidad de reparar adecuadamente lo sucedido", iban a proceder a "rectificar lo ocurrido en el programa 'La Hora de La 1'" del 7 de abril, "dando así una respuesta suficiente, proporcionada e idónea a la incidencia producida".
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La Junta electoral archiva la denuncia del PP al ver que RTVE ha rectificado
La resolución de la JEC confirma que en este caso "se ha producido la rectificación solicitada por el reclamante" --el PP--, así como aclara que "el error proviene del arrastre involuntario de un rótulo que subtitulaba unas declaraciones" del coordinador general de Izquierda Unida (IU) y candidato a la Junta por la coalición 'Por Andalucía', Antonio Maíllo, que "formaba parte de una entrevista emitida el día anterior".
La Junta Electoral Central considera que "se han dado explicaciones suficientes sobre el origen del error", por lo que no procede "la apertura de expediente sancionador contra RTVE", de ahí que haya acordado "el archivo de la denuncia" del PP.
No obstante, el acuerdo de la JEC --que es firme en vía administrativa, aunque puede recurrirse por la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Supremo-- considera necesario recordar "a la Corporación RTVE que durante el periodo electoral debe extremarse el respeto a la neutralidad informativa que exige la Loreg y la jurisprudencia, y que esta neutralidad informativa debe observarse también durante la emisión de la rectificación de sus errores".