Castilla y León convoca el Programa Conciliamos 2025 para ayudar a las familias
La Junta de Castilla y León anunció el lanzamiento del Programa Conciliamos 2025 para favorecer la conciliación de las familias castellanas y leonesas

La consejera de Familia, segunda por la dcha, visita el programa 'Conciliamos' en el CEIP Fuente del Rey de Soria
La Gerencia de Servicios Sociales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León ha convocado este lunes, por medio de una publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad, el Programa Conciliamos para el 2025.
Dicho programa tiene como objetivo "la atención lúdica a los niños y niñas escolarizados durante los períodos vacacionales de Carnaval, Semana Santa, Verano y Navidad" para familias en las que ambos progenitores trabajan, "con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias castellanas y leonesas".
El programa beneficiará a quince niños o niñas en los municipios de más de 20.000 habitantes, mientras que serán ocho niños para las localidades de entre 3.000 y 20.000 habitantes, y cinco en los municipios de menos de 3.000. Aceptará a menores entre 3 y 12 años cumplidos a la fecha de inicio de cada uno de los períodos de funcionamiento, pero el rango se amplía hasta los 14 años en casos de menores con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) escolarizados en centros ordinarios del sistema educativo.
"También se podrá solicitar plaza para menores de nacionalidad no española que participen en programas de acogida temporal en familias castellanas y leonesas con los límites de edad anteriormente señalados", explica la Junta de Castilla y León.

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Requisitos para las familias
Para poder solicitar entrar al Programa, los progenitores personas tutoras o acogedoras de los menores deben estar desarrollando una actividad profesional o estar realizando actividades formativas impulsadas por el Servicio Público de Empleo para la inserción socio-laboral durante el periodo vacacional para el que se solicita el Programa.
También podrán solicitarlo aquellos que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65% o deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad. Otros de los casos válidas para aprobar la solicitud son: reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes, padecer enfermedad grave o seguir tratamientos médicos que imposibiliten el cuidado de sus hijos o acreditar participar en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública.