Julio Iglesias lleva a los tribunales a Escolar y eldiario.es por las acusaciones de agresión sexual
La jueza del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid cita como investigados a Ignacio Escolar y a cinco periodistas del medio para el 16 de diciembre de 2026, tras admitir la querella del cantante por presuntas injurias, calumnias y un delito contra la integridad moral.
Julio Iglesias, en una imagen de archivo.
Julio Iglesias ha emprendido acciones judiciales contra eldiario.es y varios de sus responsables por las informaciones publicadas sobre las acusaciones de dos antiguas empleadas de su residencia. La magistrada Raquel Robles ha acordado abrir diligencias y citar a los querellados para esclarecer los hechos denunciados.
La decisión judicial es una exclusiva de OKDIARIO, que ha tenido acceso a la resolución en la que se acuerda la admisión a trámite de la querella presentada por el cantante. El procedimiento se dirige contra el director de eldiario.es, Ignacio Escolar, y los periodistas Juan Luis Sánchez, Ana Requena, María Ramírez y Elena María Cabrera, además de la sociedad editora del periódico.
La jueza ha fijado para el próximo 16 de diciembre de 2026, a las 09:15 horas, las declaraciones de los periodistas querellados, que comparecerán en calidad de investigados. Cada uno de ellos contará con media hora para responder ante la instructora.
Además, la magistrada ha requerido al representante legal de eldiario.es para que, en el plazo de quince días, designe a una persona que comparezca en nombre de la empresa en calidad de investigada por las publicaciones relacionadas con las denuncias de antiguas trabajadoras de Julio Iglesias.
La apertura de estas diligencias permitirá examinar el contenido de las informaciones y determinar si existen indicios suficientes de los delitos denunciados. La admisión a trámite de la querella no implica, por sí misma, que los hechos hayan quedado probados ni que los querellados sean culpables.
La jueza cita a las dos exempleadas de Julio Iglesias
La instructora también ha acordado escuchar como testigos a las dos antiguas empleadas que denunciaron presuntos abusos y otras conductas por parte del cantante durante el tiempo que trabajaron en su residencia.
Sus declaraciones servirán para profundizar en los testimonios publicados por eldiario.es y en las circunstancias en las que se produjeron las acusaciones que han dado origen al conflicto judicial.
Por otro lado, el juzgado ha solicitado al abogado del periódico que aporte documentación sobre la difusión y el alcance mediático de todas las informaciones publicadas acerca de Julio Iglesias. También deberá entregar los episodios del pódcast en los que se abordaron las acusaciones contra el artista. Las partes disponen de un plazo de cinco días para presentar alegaciones si deciden recurrir la resolución ante la sala de apelación.
La Fiscalía ha remitido un informe favorable a la admisión de la querella presentada por Julio Iglesias. El Ministerio Público considera que existen elementos que justifican investigar si las publicaciones podrían constituir delitos de injurias y calumnias con publicidad, así como un posible delito contra la integridad moral.
Julio Iglesias, en una imagen de archivo.
En su escrito, el fiscal identifica a los querellados y a la empresa editora y concluye: «A la vista del contenido de la querella interpuesta por la representación procesal de Julio Iglesias de la Cueva contra Ignacio Escolar García, Juan Luis Sánchez Ramírez, Ana Requena Aguilar, María Ramírez Fernández, Elena María Cabrera Montero y la mercantil El Diario de Prensa Digital S.L y considerando que de lo actuado se desprenden indicios del delito de injurias y calumnias con publicidad así como de delito contra la integridad moral contra la persona del querellante procede la admisión de la querella interpuesta al reunir todos los requisitos».
No obstante, la Fiscalía matiza que los delitos contra el honor tienen un régimen específico de persecución penal. El artículo 215.1 del Código Penal establece que es necesaria la querella de la persona ofendida o de su representante legal para que pueda imponerse una pena por calumnia o injuria.
El representante del Ministerio Público precisa en su informe: «Ahora bien tratándose de delitos de calumnias e injurias, el art 215.1 del C.P dispone que ‘nadie puede ser penado por calumnia o injurias sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o su representante legal’ configurándose como delito eminentemente privado perseguido previa excitación particular del ofendido, lo que provoca la separación del Ministerio Fiscal como parte obligatoria en el proceso en relación con los delitos contra el honor, de modo que la intervención del Ministerio Fiscal en el presente procedimiento, se limitaría, en su caso, a la posible comisión de un delito contra la integridad moral».
Ignacio Escolar, director de Eldiario.es
En paralelo al procedimiento judicial, eldiario.es solicitó contribuciones económicas a sus lectores para afrontar los posibles gastos derivados de las consecuencias legales de las informaciones sobre Julio Iglesias.
La investigación judicial se centra ahora en las publicaciones denunciadas, su alcance y los testimonios que dieron origen a la querella. Las declaraciones previstas para diciembre y la documentación requerida por la jueza serán pasos relevantes para esclarecer los hechos, sin que la apertura de la causa prejuzgue el resultado final del procedimiento.