Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: "Desde mayo muchos trabajadores pagarán menos por sus medicamentos"
El experto explica cómo cambia el copago farmacéutico tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2026 y por qué la reforma introduce nuevos límites de gasto para trabajadores y amplía la protección de determinados pensionistas
Alfonso Muñoz analiza cómo el nuevo sistema de copago farmacéutico reduce el gasto de muchos trabajadores y amplía la protección de determinados pensionistas.
Pagar menos por los medicamentos sin que cambie el precio de los fármacos. Ese es el objetivo de la reforma del copago farmacéutico que entró en vigor en mayo de 2026. Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social y divulgador especializado en pensiones y prestaciones, ha dedicado uno de sus últimos vídeos a explicar qué cambia realmente con el Real Decreto-ley 11/2026 y quiénes serán los principales beneficiados.
Su primer mensaje es claro: el Sistema Nacional de Salud sigue funcionando igual y los medicamentos continúan financiándose como hasta ahora. Lo que cambia es la cantidad que cada ciudadano debe pagar cuando retira un medicamento con receta en la farmacia. Según explica, la intención del Gobierno ha sido construir un sistema "mucho más progresivo", en el que las personas con menores ingresos soporten una carga económica inferior y quienes necesitan tratamientos continuados no tengan que afrontar desembolsos tan elevados.
La reforma fue aprobada mediante el Real Decreto-ley 11/2026, que modifica la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos e introduce nuevos tramos de renta, límites máximos de aportación y cambios en las exenciones del copago farmacéutico. Estos cambios comenzaron a aplicarse el 1 de mayo de 2026. (BOE)
Alfonso Muñoz explica el cambio que reduce el copago farmacéutico de muchos trabajadores
Una de las novedades más importantes afecta a los trabajadores en activo. Hasta ahora, recuerda Alfonso Muñoz, muchos empleados pagaban el porcentaje que les correspondía sin que existiera un límite mensual de gasto. Esto provocaba que quienes padecían enfermedades crónicas y necesitaban medicación continuada pudieran desembolsar cantidades importantes todos los meses.
Con la nueva regulación aparecen varios tramos de renta y, por primera vez, topes máximos mensuales para numerosos trabajadores con ingresos bajos y medios.
El ejemplo que utiliza el funcionario resulta muy ilustrativo. Un trabajador con unos ingresos anuales de 16.000 euros que necesitara medicamentos de forma permanente podía llegar a pagar alrededor de 30 euros al mes con el sistema anterior. Tras la reforma, al encontrarse en el tramo comprendido entre 9.000 y 18.000 euros de renta anual, su aportación queda limitada a 18,52 euros mensuales.
La diferencia supone un ahorro de 11,48 euros cada mes. Traducido a un año completo, hablamos de casi 138 euros menos para una persona que necesita tratamiento farmacológico de forma continuada.
Esta modificación se suma a otros cambios recientes que afectan a la protección económica de los trabajadores, como explica "Los trabajadores ya pueden consultar la nueva cotización en tiempo real desde Importass", donde se detallan las últimas novedades introducidas por la Seguridad Social sobre información y control de las cotizaciones.
Alfonso Muñoz también responde a una de las preguntas que más se repite desde la entrada en vigor de la reforma: quién seguirá sin pagar medicamentos.
En este punto tranquiliza a quienes ya disfrutaban de la exención. Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, los perceptores de pensiones no contributivas, las personas que reciben rentas de integración social, determinados desempleados que han agotado la prestación, las víctimas del terrorismo, las personas con discapacidad en los supuestos previstos y quienes reciben tratamiento derivado de un accidente laboral o enfermedad profesional continúan exentos del copago farmacéutico.
La gran novedad llega para determinados pensionistas con menos recursos.
Hasta ahora, la exención dependía de superar o no determinados límites de renta. El problema era que esos umbrales podían quedar desactualizados con el paso del tiempo y con las sucesivas revalorizaciones de las pensiones.
El Real Decreto-ley cambia completamente ese criterio. Desde ahora, la exención se vincula a la percepción del complemento a mínimos de la pensión.
El cambio simplifica notablemente el sistema. Si un pensionista necesita complemento a mínimos para alcanzar la cuantía mínima legal de su pensión, automáticamente podrá quedar exento del copago farmacéutico sin depender de cálculos complejos relacionados con la renta anual.
Otro aspecto que el funcionario considera especialmente importante es la disposición transitoria incorporada por la nueva norma.
Su finalidad es impedir que pensionistas que estaban exentos con la legislación anterior pasen a pagar medicamentos únicamente porque cambien los criterios de acceso.
De esta manera, quienes ya disfrutaban del beneficio mantienen provisionalmente esa protección mientras se adapta el nuevo sistema.
Según Alfonso Muñoz, esta medida evita situaciones injustas que podrían producirse durante el periodo de transición y aporta mayor seguridad jurídica a los beneficiarios.
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La filosofía de la reforma consiste en adaptar la aportación económica a la capacidad real de cada ciudadano.