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"No son ningún regalo": Alfonso Muñoz Cuenca aclara quién puede cobrar los premios de jubilación en España

El funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz Cuenca explica por qué algunos trabajadores reciben importantes compensaciones económicas al jubilarse mientras otros, pese a haber cotizado durante décadas, no perciben ninguna

Alfonso Muñoz Cuenca analiza cómo los convenios colectivos permiten que algunos trabajadores reciban premios de jubilación que no forman parte de la pensión pública.

Alfonso Muñoz Cuenca analiza cómo los convenios colectivos permiten que algunos trabajadores reciban premios de jubilación que no forman parte de la pensión pública.Canal de Youtube de Alfonso Muñoz Cuenca//Getty Images

Patricia de la Torre
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Hay trabajadores que, al llegar a la jubilación, reciben una importante compensación económica además de su pensión. Otros, después de haber cotizado durante décadas al mismo sistema público, no perciben ni un euro extra. Esa diferencia, poco conocida fuera del ámbito laboral, es la que ha querido explicar Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social, en uno de sus últimos vídeos, donde analiza el funcionamiento de los llamados premios de jubilación y plantea un debate que va más allá de la legalidad.

El funcionario comienza aclarando qué son exactamente estas compensaciones económicas y desmontando una idea equivocada muy habitual.

Según explica, los premios de jubilación "son unas compensaciones económicas que reciben algunos trabajadores al final de su vida laboral cuando se jubilan". Sin embargo, subraya que no forman parte del sistema público de pensiones, ya que "no forman parte de la pensión pública ni están reguladas por la Ley General de la Seguridad Social". Su origen, añade, "se encuentra en los convenios colectivos, en acuerdos laborales, en los pactos de empresas o en los reglamentos internos de determinadas administraciones públicas".

Muñoz Cuenca recuerda que estas compensaciones pueden consistir en una cantidad fija, varias mensualidades de salario u otras fórmulas pactadas previamente entre empresa y trabajadores.

Alfonso Muñoz Cuenca explica por qué unos trabajadores cobran miles de euros y otros nada

Uno de los aspectos que más llama la atención del análisis del funcionario es que la diferencia no depende de haber cotizado más o menos tiempo.

De hecho, resume la situación con una reflexión especialmente llamativa: "Dos trabajadores pueden haber cotizado durante 40 o más años y pueden tener las mismas carreras laborales o similares, pueden jubilarse a la misma edad. Sin embargo, uno puede recibir una importante compensación económica mientras que el otro no recibe absolutamente nada".

A su juicio, la explicación está en la negociación colectiva. Hay sectores con convenios que incorporan estas mejoras económicas desde hace años, mientras que otros nunca las han incluido.

También recuerda que estos premios no son exclusivos de las administraciones públicas. Según señala, existen convenios de empresas privadas, especialmente en sectores como la banca o la automoción, que también contemplan este tipo de compensaciones. Asimismo, menciona como ejemplo reciente la regulación aprobada por el Ayuntamiento de Córdoba para reconocer premios vinculados tanto a la jubilación ordinaria como a la anticipada.

La contradicción entre la Seguridad Social y algunos convenios colectivos

El núcleo del vídeo gira alrededor de lo que Muñoz Cuenca define como una aparente contradicción entre la legislación y determinados convenios.

Tal y como explica, mientras la Ley General de la Seguridad Social aplica coeficientes reductores permanentes a quienes adelantan su jubilación e incentiva económicamente la jubilación demorada, algunos convenios colectivos permiten compensar esas reducciones o incluso añadir incentivos adicionales.

En sus palabras, "mientras que la Ley General de la Seguridad Social establece o penaliza con coeficientes reductores permanentes a trabajadores que acceden a las jubilaciones anticipadas, algunos convenios colectivos permiten a determinados trabajadores recibir compensaciones económicas para, precisamente, amortiguar o neutralizar esas penalizaciones".

Además, añade que quienes retrasan voluntariamente su retiro pueden llegar a sumar los incentivos públicos con los previstos en su convenio colectivo.

El funcionario deja claro que estos premios son perfectamente legales siempre que estén recogidos en convenios colectivos, acuerdos laborales o normas internas.

Por ello afirma de forma rotunda: "No estamos hablando de una irregularidad" y concluye que "el debate no es jurídico, sino que el debate es social".

Lejos de cuestionar su legalidad, plantea varias preguntas dirigidas a la ciudadanía sobre la equidad del sistema. Entre ellas destaca si resulta razonable que trabajadores con carreras de cotización muy similares afronten la jubilación con diferencias económicas tan importantes únicamente por pertenecer a sectores distintos o estar cubiertos por convenios diferentes.

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