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Cambios en los subsidios y cotizaciones: lo que exigen las nuevas normativas de empleo para los trabajadores mayores de 52 años

La actualización de las bases de cotización modifica la referencia que utiliza el SEPE para las aportaciones destinadas a la futura jubilación de quienes reciben esta ayuda

(Foto de ARCHIVO)
Varias personas entran a una oficina del SEPE, a 1 de octubre de 2024, en Madrid (España). 
Marta Fernández / Europa Press
02 OCTUBRE 2024

(Foto de ARCHIVO) Varias personas entran a una oficina del SEPE, a 1 de octubre de 2024, en Madrid (España). Marta Fernández / Europa Press 02 OCTUBRE 2024Europa Press

Antonio Bret
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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) mantiene en 2026 el subsidio para mayores de 52 años, una prestación dirigida a personas desempleadas que cumplen determinados requisitos. La cuantía continúa vinculada al 80 % del IPREM, mientras que la Seguridad Social establece una nueva base mínima de cotización para este ejercicio. 

La nueva base que utiliza el SEPE para cotizar

La legislación establece que, durante la percepción del subsidio para mayores de 52 años, el SEPE cotiza por la contingencia de jubilación tomando como base el 125 % del tope mínimo de cotización del Régimen General vigente en cada momento. Esta regla no se ha modificado en 2026. Está recogida en el artículo 280 de la Ley General de la Seguridad Social.

Lo que sí se ha actualizado este año es la propia base mínima. La normativa de cotización para 2026 fija en 1.424,40 euros mensuales el mínimo aplicable a los grupos de cotización 4 a 7. Al aplicar el 125 % previsto para los perceptores del subsidio, la base utilizada para su cotización por jubilación asciende a 1.780,50 euros mensuales.

Esta cantidad no es lo que cobra la persona beneficiaria. El subsidio sigue siendo el 80 % del IPREM mensual, que actualmente se traduce en 480 euros al mes. Los 1.780,50 euros son la base sobre la que se calcula la cotización a la Seguridad Social para la jubilación. Por tanto, el cambio de 2026 afecta a la referencia utilizada para cotizar, no a la cuantía mensual de la ayuda.

Qué condiciones deben cumplir los beneficiarios

El subsidio está destinado a personas desempleadas que hayan cumplido los 52 años y reúnan las condiciones establecidas por la legislación. Entre ellas figura la acreditación de las cotizaciones necesarias para acceder a una pensión contributiva de jubilación, así como la carencia de rentas propias dentro de los límites establecidos.

La prestación puede mantenerse hasta que la persona beneficiaria alcance la edad ordinaria exigida para acceder a la pensión contributiva de jubilación, siempre que continúe cumpliendo los requisitos.

Además, las cotizaciones realizadas durante la percepción del subsidio tienen efectos sobre el cálculo de la base reguladora y el porcentaje aplicable a la pensión de jubilación. También pueden servir para completar el periodo necesario para acceder a la jubilación anticipada.

Los beneficiarios deben presentar cada doce meses una declaración de sus rentas. El SEPE advierte de que, si no se presenta dentro del plazo establecido, se interrumpen tanto el pago del subsidio como la cotización a la Seguridad Social hasta que se regularice la situación.

Así, la principal novedad de 2026 para este colectivo está en la actualización de las bases de cotización. El porcentaje del 125 % se mantiene, pero al aumentar la base mínima del Régimen General, también se eleva la cantidad que sirve de referencia para las cotizaciones por jubilación de quienes perciben el subsidio.

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