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Lo que necesitas para pescar legalmente: licencia de pesca continental y pasos para tramitarla

Requisitos, exenciones de tasas y las especies protegidas que no puedes pescar de forma legal en las aguas interiores. Revisar la normativa de tu comunidad es importante

La solicitud requiere estar dado de alta en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental

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Antonio Bret
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El ejercicio de la pesca continental en las aguas interiores autonómicas exige el cumplimiento estricto de la normativa ambiental para garantizar la conservación de la biodiversidad. Tramitar este permiso administrativo nominal e intransferible resulta indispensable para cualquier aficionado que busque lanzar la caña en ríos, embalses y lagunas con total legalidad. 

La solicitud requiere estar dado de alta en el Registro Andaluz de Caza y Pesca Continental, proceso que asigna el Número de Identificación Registral (NIR). Una vez formalizado este registro, la gestión telemática se realiza a través de la sede electrónica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente mediante certificado digital o el sistema Cl@ve. 

El expediente se completa con la autoliquidación de las tasas oficiales —mediante el modelo 046— y la suscripción de un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Las licencias ofrecen una vigencia elegible de uno, tres o cinco años, adaptándose a las necesidades de cada pescador deportivo. 

Categorías de licencias, recargos específicos y bonificaciones vigentes

El marco regulatorio distingue entre distintas modalidades según las especies objetivas y los medios auxiliares empleados durante la jornada. La licencia básica cubre la pesca de especies de agua dulce habituales como la carpa, el barbo o el black bass en masas de agua declaradas libres. 

Sin embargo, si la intención de la persona aficionada es la captura de salmónidos en tramos específicos, resulta preceptivo abonar un recargo especial para la pesca de la trucha. Asimismo, la utilización de medios flotantes o embarcaciones con o sin motor requiere la inscripción previa del artefacto en el registro oficial (NIRA) y el correspondiente recargo de medio auxiliar. 

Existen bonificaciones significativas en las tasas para colectivos específicos: las personas mayores de 65 años disfrutan de exención total del pago de la tasa, mientras que los menores de 16 años acceden a reducciones en el importe. Para quienes practiquen la actividad en múltiples regiones, la licencia interautonómica constituye una alternativa que unifica el permiso en diez comunidades autónomas adheridas. 

Normativa de protección de fauna acuática y régimen sancionador

La legislación autonómica vela por el mantenimiento de las poblaciones autóctonas y la preservación de los ecosistemas fluviales mediante regulaciones estrictas sobre las capturas permitidas. 

Especies vulnerables como la trucha común autóctona sufren una elevada protección ambiental, restringiéndose su pesca a la modalidad de captura y suelta en la mayoría de los acotados para favorecer su reproducción natural. Igualmente, la captura de la anguila europea se encuentra totalmente prohibida debido a su grave declive poblacional. 

En el extremo opuesto, la normativa sobre especies exóticas invasoras —como el pez gato, el alburno o el lucio— prohíbe taxativamente su devolución al agua tras ser pescadas, obligando a su erradicación para mitigar el impacto sobre la fauna autóctona. 

Pescar sin la correspondiente licencia en vigor, incumplir los cupos establecidos o utilizar artes no autorizadas constituye una infracción administrativa catalogada con severas sanciones económicas e inhabilitaciones temporales.

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