Tribunales
Seis años de prisión para un camarero por violar a una clienta tras la barra del bar en el que trabajaba
El TSJCV ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Alicante que declaró al hombre autor de un delito de agresión sexual con acceso carnal y le impuso 6 años de cárcel, diez años de libertad vigilada y una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima, así como a abonar a esta una indemnización de 20.000 euros por los daños morales.

Ciudad de la Justicia Elche
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a seis años de prisión impuesta a un camarero por violar, tras la misma barra del bar en el que trabajaba, a una clienta. Los hechos ocurrieron en 2023, en un centro comercial de la comarca alicantina de la Vega Baja, cuando la víctima acudió al establecimiento con su padre y unos amigos. Cuando todos se marcharon, ya de madrugada, el agresor cerró el local y se quedó a solas con la chica, que se encontraba bajo los efectos del alcohol. A continuación, el camarero agredió sexualmente a la mujer, quien lo denunció horas más tarde.
De esta forma, los magistrados han desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa y han ratificado íntegramente la sentencia dictada el pasado 12 de diciembre por la Sección Undécima de la Audiencia de Alicante, con sede en Elche, según ha informado el alto tribunal valenciano.
La sentencia dictada por la Audiencia de Alicante declaró al hombre autor de un delito de agresión sexual con acceso carnal y le impuso seis años de prisión. Igualmente, el tribunal lo condenó a diez años de libertad vigilada y al mismo periodo de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima, así como a abonar a esta una indemnización de 20.000 euros por los daños morales.
El TSJCV ha confirmado esa decisión en una sentencia emitida el pasado 28 de febrero, en la que califica la resolución de la Audiencia como "totalmente correcta", tanto en lo que se refiere a la valoración de las pruebas como en las consecuencias jurídicas que de ella se desprenden. La sentencia del alto tribunal valenciano puede ser recurrida, a su vez, en casación ante el Tribunal Supremo (TS).