TRIBUNALES
La Justicia da el 'carpetazo' definitivo a la causa por el incendio de Campanar: accidental y sin responsables penales
La causa sobre el fuego que segó la vida de diez personas en Valencia se cierra judicialmente sin culpables, tras acreditarse que se originó por un fallo en un frigorífico de más de diez años de antigüedad.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado el archivo provisional del caso del incendio del edificio del barrio de Campanar, ocurrido el 22 de febrero de 2024, en el que murieron diez personas. El Tribunal desestima así los recursos presentados por familiares, afectados y asociaciones de residentes, al considerar que el fuego fue accidental y no existen indicios de delito que justifiquen una imputación penal.
Según recoge la resolución, la investigación judicial llevada a cabo por el Juzgado de Instrucción número 9 ha sido “adecuada y diligente”, en la medida en que se han agotado “todas las herramientas racionalmente posibles, necesarias, suficientes y adecuadas” para esclarecer los hechos.
“Continuar instruyendo sin un rumbo fundado sería caer en una ilícita y estéril causa general”, advierte la Audiencia en su auto.
Valencia
Familiares de las víctimas del incendio de Campanar claman por el 'carpetazo' al caso
Sergi Tarazona
Un fallo eléctrico en un frigorífico, el origen del incendio
Los magistrados sostienen que el incendio se originó por un fallo en la parte trasera de un frigorífico adquirido en junio de 2014. Aunque el electrodoméstico “funcionaba sin problemas” según el inquilino, el Tribunal recuerda que cualquier aparato puede averiarse con el tiempo sin que eso implique negligencia o defecto de fábrica punible.
La resolución también apunta que, además de ese fallo, hubo otros factores que contribuyeron a la rápida propagación del fuego, si bien todo ha quedado ya investigado dentro del procedimiento.
Contra la “causa general” y el “fishing expedition”
Uno de los recursos de apelación solicitaba nuevas diligencias para investigar el origen del fuego, la actuación de los bomberos o los materiales utilizados en la fachada. La Sala lo ha rechazado, argumentando que se trataba de una "fishing expedition" —una búsqueda indiscriminada para intentar encontrar cualquier posible responsable—, algo que “está proscrito en la jurisdicción penal”.
“Comprendemos humanamente a los afectados, pero no se puede convertir la instrucción penal en una causa general para ver qué se pesca”, señala la Audiencia. La Asociación de Propietarios Afectados por el Incendio de Campanar (Aproicam) ha manifestado que respetan, aunque no comparten, esta decisión judicial. No obstante, han anunciado que no presentarán recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.